El proceso de constitución del nuevo Parlamento vasco se iniciará cuando se acredite un tercio de los parlamentarios
BILBAO, 22 Abr. (EUROPA PRESS) -
La Comunidad Autónoma Vasca no tiene plazo previsto para elegir a su nuevo lehendakari, aunque suele ser habitual que se designe en unos dos meses. Los resultados de los comicios del 21 de abril, en los que el PNV ha obtenido 27 escaños y el PSE-EE 12, posibilitarían un acuerdo para la reedición de su alianza en el Gobierno Vasco, y sobre mediados de junio podría nombrarse al presidente del Gobierno Vasco para la XIII legislatura.
Los partidos del Parlamento Vasco que lo deseen pueden presentar a su candidato, de forma que podría haber más de un aspirante a la Lehendakaritza. De hecho, EH Bildu presentó a Maddalen Iriarte en dos ocasiones como alternativa a Iñigo Urkullu, tras las elecciones de 2016 y las de 2020. Los parlamentarios solo pueden apoyar a los candidatos o abstenerse, no votar en contra.
Hasta ahora, el lehendakari ha sido elegido en la Comunidad Autónoma Vasca en un plazo aproximado de dos meses, salvo en el año 1986, cuando accedió José Antonio Ardanza a Ajuria Enea, que se prolongó durante tres meses, tanto en 1986 como en 1990, por la dificultad en alcanzar los acuerdos de Gobierno.
Su antecesor, Carlos Garaikoetxea fue investido en un mes, algo también inusual, mientras que Juan José Ibarretxe, Iñigo Urkullu y el socialista Patxi López fueron proclamados en un plazo aproximado de dos meses.
CONSTITUCIÓN DEL PARLAMENTO
El proceso de constitución del nuevo Parlamento vasco se iniciará cuando se acredite un tercio de los parlamentarios. Tras el cierre del escrutinio general y las juntas electorales de los territorios históricos emitan las credenciales, los electos comenzarán su acreditación en la Cámara autonómica.
Una vez que 25 de los 75 representantes de la Cámara autonómica presenten sus credenciales, la Presidencia de la Diputación Permanente del Parlamento vasco convocará la sesión constitutiva en el plazo de 15 días.
En esta sesión, dirigida en un primer momento por la Mesa de la Diputación Permanente, los parlamentarios acudirán al llamamiento, con lo que se realizará su toma de posesión al sentarse en su escaño.
Finalizado el llamamiento, la Mesa de la Diputación Permanente llamará al parlamentario o a la parlamentaria de más edad, que ocupará la presidencia, y a los dos siguientes en edad y a los dos más jóvenes, que serán los que se encarguen de las vicepresidencias y secretarías, para integrar la Mesa de Edad que actuará hasta la elección de la Mesa definitiva.
Una vez elegida la Mesa del Parlamento y constituida la Cámara, en esa sesión se anunciará la convocatoria del siguiente pleno en el que se designará la Comisión Provisional de Incompatibilidades que, en el plazo máximo de 20 días, deberá dictaminar, elevar el dictamen a pleno y, finalizada esta última sesión plenaria, se conocerá la fecha y hora del pleno de investidura.
DESIGNACIÓN DEL LEHENDAKARI
Según establece la Ley del Gobierno, quien ocupe la Presidencia del Parlamento convocará el pleno para la designación del lehendakari, tras la reunión de la Mesa y la Junta de Portavoces.
Los diferentes grupos parlamentarios presentarán ante la Mesa de la Cámara las propuestas de candidatos con una antelación mínima de 72 horas a la celebración de la sesión plenaria. Los candidatos expondrán en un tiempo máximo de 90 minutos las líneas generales del programa del Gobierno que pretendan formar.
Posteriormente, deberá intervenir un representante de cada grupo parlamentario durante media hora cada uno, a lo que contestarán los parlamentarios. Después, se procederá a la votación y resultará elegido lehendakari el que obtenga mayoría absoluta de la Cámara.
Si ninguno de los candidatos logra la mayoría absoluta, se repetiría la votación 14 horas después y sería designado el que obtenga el mayor número de votos. En caso de que se produjese empate entre los candidatos con mayor número de votos, el presidente del Parlamento convocará nueva votación en el plazo de 24 horas.
Si hubiera nuevo empate, el presidente de la Cámara, junto con la Mesa y de la Junta de Portavoces, establecerá el calendario de reuniones de la Cámara para las sucesivas votaciones. Una vez designado el lehendakari, éste lo comunicará al Rey para su nombramiento.
Sólo en el caso de que 60 días después de la convocatoria de la investidura no se haya nombrado al nuevo presidente del Gobierno vasco, se declarará disuelto el Parlamento y procederá a la convocatoria de nuevos comicios, algo que no ha ocurrido nunca en Euskadi.