Antonio Bayona, letrado del Parlament, declara en el Supremo durante el juicio p
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Actualizado: lunes, 4 marzo 2019 21:29

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El secretario del Parlament, a quien el tribunal permite declarar sin cámaras, confirma que se advirtió del deber de obedecer al TC

MADRID, 4 (EUROPA PRESS)

El ex letrado mayor del Parlament de Cataluña Antonio Bayona ha desmentido durante su comparecencia como testigo en el juicio del 'Procés' en el Tribunal Supremo las tesis de la expresidenta de la Cámara Carme Forcadell y del sucesor de ésta, Roger Torrent, al afirmar que la Mesa de este órgano sí puede inadmitir iniciativas, ya sean proyectos de ley o de cualquier otra naturaleza, por cuestiones de fondo, es decir, por el contenido de las mismas.

Bayona ha relatado al tribunal que a raíz del primer incidente de ejecución que se planteó desde el Tribunal Constitucional, los servicios jurídicos del Parlament comenzaron a elaborar informes sobre la no conveniencia de admitir determinadas iniciativas, ya que éstas podrían suponer un incumplimiento del acatamiento al tribunal de garantías.

"Bastantes" advertencias de los letrados de la Cámara, ha explicado, se hicieron a la Mesa de forma escrita. Aunque otras se pusieron de manifiesto de forma oral, de igual modo se incluyeron en las actas de las reuniones, e incluían entre otras medidas la conveniencia de escuchar al menos al Consejo de Garantías Estatutarias.

Las advertencias continuaron también después de que terminara el proceso de aprobación de las denominadas "leyes de desconexión" y de hecho a preguntas del fiscal Fidel Cadena Bayona ha admitido que se hizo un requerimiento también después de 4 de octubre, cuando Junts pel Sí y la Cup solicitaron la comparecencia del president Carles Puigdemont para que trasladara lo resultados del referéndum.

Tanto el secretario de la Cámara como el letrado mayor advirtieron entonces que esta comparecencia suponía dar continuidad a leyes que habían sido suspendidas por el Tribunal Constitucional, según Bayona, que a preguntas de la abogada del Estado ha admitido también que llegaron incluso a elaborar informes que no habían sido solicitados por la Mesa por creer que ese era el "deber" para con aquellos a los que deberían asesorar.

A preguntas de la abogada Forcadell, Olga Arderiu, Bayona ha llegado a afirmar que "había un deber de no admitir y no tramitar" y que "una función básica de cualquier persona que asesora a otra es advertirle de las responsabilidades de tomar una decisión",

EL PRIMER TESTIGO QUE NO VE LA AUDIENCIA

Una vez ha concluido Bayona, el tribunal ha accedido a que el siguiente testigo, el secretario general del Parlament, Xavier Muro, declare en calidad de testigo sin ser enfocado por las cámaras y así evitar que su imagen sea enfocada y difundida, tal y como el funcionario había solicitado.

Según Marchena, esta circunstancia no otorga a Muro "ningún estatuto de protección de testigos", ya que todos los presentes en la sala podrían verle, de modo que esta declaración no supone "menoscabo del derecho de defensa". "Todas las defensas saben a quién se está interrogando y el único límite es al principio de publicidad", ha explicado.

JURISPRUDENCIA DEL TC

En los mismos términos se ha manifestado el secretario general del Parlament, Xavier Muro, que ha destacado que atendiendo a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, y a las "excepciones" marcadas por el propio tribunal, la Mesa tiene el deber de "inadmitir la proposición parlamentaria" cuando ésta fuese una "palmaria y evidente" contradicción con la Carta Magna.

En este sentido, ha asegurado que tanto él como el letrado mayor de la cámara autonómica recordaron al menos en "siete ocasiones", por escrito y verbalmente, de la obligación de atender las advertencias del TC y de las posibles responsabilidades penales que podrían incurrir si admitían las leyes de desconexión. Ha agregado que en este caso concreto elaboró una "nota escrita", que fue "algo más extensa que en otras ocasiones".

Muro ha afirmado que habitualmente el cuerpo de letrados no controla las actividades de la Mesa porque entiende que los miembros cumplen los requisitos para admitir a trámite las iniciativas parlamentarias, destacando así la excepcionalidad de los informes redactados a consecuencia de la presentación de las leyes independentistas.

Por otro lado, ha avalado parte de la tesis de Forcadell, que negó durante su declaración como investigada que la tramitación de la ley del referéndum y de transitoriedad jurídica se tramitasen por el procedimiento de lectura única, sino con la modificación del orden del día, en virtud del artículo 81.3 del Reglamento del Parlament.

Muro ha afirmado también que el cuerpo de letrados recordó que con la reforma del Parlament, este mecanismo "había quedado suspendido", aunque señaló que el procedimiento equivalente sería la aplicación de lo establecido en dicho precepto.

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