MADRID, 11 Ene. (EUROPA PRESS) - El TSJC rechaza la petición de Mas de que Rajoy sea testigo por el 9N Homs ve al Estado en "un callejón sin salida y cada día con menos cultura democrática" La Fiscalía del Tribunal Supremo pide nueve años de inhabilitación especial para el ejercicio de cargos públicos electivos para el diputado y exconseller de Presidencia de la Generalitat Francesc Homs por prevaricación y desobedencia en relación al 9N, al entender que impulsó "activamente" la celebración de la consulta y que no adoptó ninguna medida de paralización de las actuaciones, a pesar de la suspensión del Tribunal Constitucional. Fiscalía considera que es autor o subsidiarimente cooperador necesario del delito de prevaricación y de desobediencia, por los que solicita la inhabilitación especial por siete años y medio y un año y un mes, más una multa de 30.000 euros, que responde a 200 euros al día durante cinco meses, respectivamente. No obstante, el fiscal solicita que ambos delitos sean penados conjuntamente con la pena de 9 años de inhabilitación especial para el ejercicio de cargos públicos electivos. En su escrito de conclusiones provisionales, en la que solicita la apertura de juicio oral contra Homs, recuerda que el entonces presidente de la Generalitat de Cataluña Artur Mas, la exvicepresidenta Joana Ortega y la exconsellera Irene Rigau por la consulta del 9N --que serán juzgados por los mismos hechos del próximo 6 al 10 de febrero por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC)-- y el propio Homs "articularon de común acuerdo una estrategia de desafío completo y efectivo a la suspensión" acordada por el Tribunal Constitucional (TC) del 4 de noviembre de 2014. En este sentido, destaca que Homs era en ese momento el responsable de los Servicios Jurídicos de la Generalitat, de la coordinación interdepartamental, así como de la publicidad institucional y de la comunicación. En función de este cargo, asegura el fiscal el actual portavoz de Democracia y Libertad en el Congreso era "plenamente consciente, máxime en su condición de cabeza de los servicios jurídicos de la Generalitat", de que con su actuación quebrantaba el obligado acatamiento a las decisiones del Tribunal Constitucional. "No adoptó la suspensión de ninguna de las actuaciones ni actos que se desarrollaban para la celebración de dicha consulta que dependían directamente del Departamento de la Presidencia del que era titular", continúa el escrito. Asimismo, subraya que impulsó "activamente" los trabajos preparatorios de la convocatoria, puso los servicios jurídicos de su departamento a disposición del Centro de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información (CTTI) de Cataluña para ejercer acciones legales ante una eventual suspensión adoptada por empresas privadas, y, en definitiva, potenció tras haber conocido la Providencia de suspensión dictada por el Tribunal Constitucional el desarrollo del denominado "proceso participativo". Para el fiscal, la participación de Homs en este punto "resultó crucial". El Ministerio Público ya expuso durante la instrucción que el diputado tuvo un papel de indudable relevancia en la preparación de la convocatoria. Basó su acusación en la existencia de una carta en la que respondía a la empresa contratada para diseñar los programas informáticos para las votaciones y que encargó al CTTI la creación de un registro de una inscripción de acceso público, de los servicios prestados de una mercantil que insertó en los medios de comunicación contenidos de la campaña del 9-N y de la contratación de un pabellón del Montjuïc para facilitar los resultados de la consulta. Todo ello con un importe facturado de cerca de 1,1 millones de euros. Ahora el fiscal indica el escrito de conclusiones provisionales que se contrató los servicios del CTTI para el "apoyo al proceso de participación" por un total de 698.685,15 euros y que se pagó 806.403,52 euros para la campaña de publicidad institucional. Además, apunta que se adquirieron 7.000 ordenadores portátiles preparados con los programas informáticos necesarios para la votación. El pasado mes de diciembre, el Tribunal Supremo puso fin a la instrucción de la causa en la que investiga Homs en relación con la consulta del 9N, al entender que actuó de forma "arbitraria" y contraria a derecho al desobedecer la suspensión del Tribunal Constitucional. El magistrado de la Sala Segunda Andrés Palomo del Arco dictó auto de transformación de las diligencias previas en procedimiento abreviado y apuntó en un auto de 33 folios que Homs no solo no suspendió sino que "potenció" el proceso participativo en Cataluña que culminó con la consulta soberanista del 9 de noviembre de 2014 prohibida días antes por el TC. Para el magistrado, la conducta de Homs fue "arbitraria", "injusta" y contraria "absolutamente" a la Constitución y añade que el que fuera conseller de Presidencia hizo prevalecer su voluntad propia "con desprecio deliberado" de la resolución del Tribunal Constitucional. El actual portavoz de Democracia y Libertad en el Congreso prestó declaración en el Supremo el pasado 19 de septiembre hasta donde llegó arropado por la cúpula de su partido, entre los que destacó Artur Mas. A su salida acusó al alto tribunal de "actuar de forma gregaria a los intereses de la Fiscalía" y aseguró que se le estaba sometiendo a un juicio "estrictamente político" con una sentencia ya dictada.