La acusación ejercida por Covite recurrirá la sentencia, igual que las defensas de los condenados, que piden eliminar los agravantes
MADRID, 16 Abr. (EUROPA PRESS) -
La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha renunciado a recurrir ante el Tribunal Supremo la sentencia de la Sala de Apelación que el pasado mes de marzo descartaba delitos de terrorismo en la agresión a dos guardias civiles y sus parejas en la localidad de Alsasua en octubre de 2016, de modo que se conforma con ese pronunciamiento, según han informado a Europa Press en fuentes fiscales.
Así, vencido el plazo para anunciar la presentación de un recurso y a punto de terminar --el lunes 22 de abril--, el margen para hacerlo efectivo, el Ministerio Público desiste en su postura, pues tras acusar a los ocho involucrados en el suceso por delitos de terrorismo, recurrió a la Sala de Apelaciones la sentencia de la Sección Primera que descartó condenar en este sentido.
En concreto, el tribunal falló en junio de 2018 que no había quedado "plenamente acreditada la finalidad terrorista de la acción y tampoco su vinculación o pertenencia a ETA", aunque sí encontró probado que los implicados actuaron "movidos por la animadversión y menosprecio hacia la Guardia Civil y por motivos claramente ideológicos", lo que les valió una horquilla de condenas de entre los 2 y los 13 años de prisión.
La Fiscalía, que había pedido en aquel primer juicio condenas de entre 12 y 64 años de cárcel, recurrió la sentencia argumentando que lo sucedido en Alsasua "no fue una pelea de bar ni una trifulca", sino "una agresión planificada y organizada contra dos miembros de la Guardia Civil y sus parejas con una finalidad terrorista", la de "expulsar" a los miembros del Instituto Armado "de un territorio que los acusados consideran suyo".
Sin embargo, la Sala de Apelación tampoco dio la razón al Ministerio Público. La sentencia dictada el pasado 7 de marzo confirmó la posición de la Sección Primera y mantuvo las condenas de entre 2 y 13 años de cárcel para los ocho de Alsasua por una agresión en la que consideró probado que concurrieron agravantes de superioridad y discriminación.
LAS DEFENSAS PIDEN ABSOLUCIÓN
Tras desistir la Fiscalía de recurrir ante el Tribunal Supremo, será la organización de víctimas del terrorismo Covite la única acusación de la causa que intente que se reconozca como terrorista la agresión al teniente y el sargento de la Guardia Civil y las parejas de ambos en esta instancia superior, según las fuentes jurídicas consultadas por Europa Press.
También las defensas de los ocho condenados tienen intención de recurrir y presentarán sus escritos entre este viernes y el próximo lunes, cuando se cierra el plazo. Persiguen que el Tribunal Supremo les absuelva por los hechos de Alsasua, aunque pedirán que en caso de que se mantengan las condenas, estas se revisen a la baja eliminando los agravantes de superioridad y discriminación, conforme explican fuentes conocedoras a Europa Press.
Son esos agravantes los que inclinaron la balanza en la horquilla más alta de las penas. Ohian Arnaz fue condenado a 13 años de cárcel, Jokin Unamuno y Adur Ramírez a 12 años, Jon Ander Cob, Julen Goicoechea y Ararz Urriola a 9 años, Iñaki Abad a 6 años -la Sala de Apelaciones rebajó su sentencia-- y Ainhara Urquijo, la única que no ha ingresado en prisión, a dos años.
Para la Audiencia Nacional, está probado que Unamuno inició el hostigamiento al teniente y el sargento del Instituto Armado y respectivas sus novias en el bar Koxka, secundado por Ohian Arnanz y Jon Ander Cob, y después se sumaron el resto, que participaron en mayor o menor medida, en una agresión movida por discriminación a un cuerpo policial y en la que se aprovecharon de su superioridad numérica.