Los delitos contra la Hacienda Pública por la donación de 64,8 millones del rey Abdalá han prescrito excepto uno que decae porque era inviolable
MADRID, 2 Mar. (EUROPA PRESS) -
La Fiscalía señala que los indicios que existen contra el rey emérito sobre un posible delito de corrupción en los negocios relacionada con la adjudicación de las obras del AVE a La Meca "son extraordinariamente débiles" y los hechos "no rebasan la condición de meramente sospechosos". Indica además que la posible responsabilidad penal por la donación de Arabia Saudí de 64,8 millones estaría extinguida por prescripción y por la inviolabilidad al ser Jefe de Estado hasta 2014.
En el primero de los dos decretos de la Fiscalía del Supremo conocidos este miércoles, se indica que en esta línea se investigó un posible delito de corrupción en los negocios, derivado de la forma en la que se produjo la adjudicación, en octubre de 2011, de las obras de la segunda fase de la construcción del AVE que une las ciudades de Medina y La Meca (Arabia Saudí) al consorcio Al-Shoula, formado por doce empresas españolas y dos saudíes.
Se puso el foco en la relación de esa adjudicación con el ingreso de 64,8 millones de euros (100 millones de dólares), ordenado el 8 de agosto de 2008 por el entonces Rey de Arabia Saudí en la cuenta de la Fundación LUCUM de la que Juan Carlos I sería su titular real.
En el decreto se explica que LUCUM fue creada en Ciudad de Panamá 9 días antes de recibir ese ingreso de 64,8 millones, con un patrimonio inicial de 10.000 dólares. Los miembros del consejo eran Arturo Fasana, Dante Canónica --ambos residentes en Suiza-- y Harmodio Tejeira --domiciliado en Panamá--.
Fiscalía indica que el 8 de agosto de ese 2008, se crea una cuenta en el banco Mirebaud de Suiza para LUCUM, y se "establece que el beneficiario de la posición de la cuenta ante la entidad financiera será únicamente el entonces rey de España Juan Carlos de Borbón y Borbón".
"Ese mismo día 8 de agosto se efectuó un ingreso por transferencia procedente del Ministerio de Hacienda de Arabia Saudí de 100.000.000 de dólares, previa su conversión a 64,8 millones de euros", recuerda el fiscal jefe Anticorrupción, Alejandro Luzón, quien firma el decreto. Y apunta que en la "descripción detallada del origen del patrimonio y de los ingresos" se indica que es "importe enviado por el rey Abdalá de Arabia Saudí como regalo según la tradición saudí de cara a otras monarquías".
HASTA CUATRO CUENTAS
Tras ese ingreso inicial se realizaron diversos movimientos correspondientes a depósitos a plazo y operaciones de inversión que se prolongaron hasta 2012. Apunta la Fiscalía que el 5 de junio de ese año se transfirieron 3,5 millones de euros a una cuenta abierta a nombre de la sociedad DOLPHIN, titulada por Arturo Fasana en el banco PICTET situado en Nassau (Bahamas).
Relata que en octubre de 2008, LUCUM abre otra cuenta en francos suizos, cuenta que fue usada el 12 junio de 2012 para transferir 384.411,20 francos suizos a la cuenta de SOLARE INVESTORS CORP, abierta por Corinna Larsen en la entidad GONET BANK TRUST LTD en Nassau (Bahamas).
A esa segunda cuenta se sumó una tercera en abril de 2010 en la que se ingresó 1,89 millones de dólares en efectivo "que, al parecer, el Sultán de Bahrein habría entregado al entonces rey de España". El fiscal explica que con esa cuenta se realizaron inversiones hasta que se canceló en junio de 2012 y su saldo _89.008,26 dólares_ se envió a la cuenta de Larsen. La cuarta cuenta de LUCUM se abre en noviembre de 2011 en libras esterlinas.
Es en junio de 2012 cuando el emérito ordena transferir la totalidad de los activos de LUCUM a la misma cuenta de SOLARE INVESTORS CORP, "comunicando al banco que se trataba de una donación irrevocable en favor de Dña Corinna zu Sayn-Wittgenstein". El fiscal dice que entre estos activos transferidos se encontraba la cartera de valores de LUCUM, cuyo valor antes del cierre de las cuentas era de 52,7 millones de euros, 3,7 millones de francos y 14, 4 millones de dólares.
Los dos ingresos relevantes (el de 100 millones de dólares y el de 1,89 regalo del Sultán de Bahrein) pueden ser considerados, según el fiscal, o una donación o una ganancia patrimonial. Como donación habría dejado de pagar a Hacienda 2,3 millones de euros entre 2008 y 2012. Mientras que en la segunda de las hipótesis la cantidad defraudada al fisco asciende a más de 30 millones.
En cualquier caso las cuotas defraudadas a la Hacienda Pública de los ejercicios 2008 a 2012 superan con creces el importe de 120.000 euros, que es donde el Código Penal establece el umbral del delito.
Recuerda que la posible responsabilidad penal de los ejercicios 2008 a 2011 estaría extinguida por la prescripción del delito. Y que aunque la de 2012 no está prescrita y el delito contra la Hacienda Pública se sanciona con pena de prisión de dos a seis años y multa, en este caso no sería susceptible de reproche penal porque hasta el 19 de junio de 2014 estaba protegido por la inviolabilidad.
LA RELACIÓN ENTRE LUCUM Y EL AVE
Por otro lado, Luzón explica que de lo investigado por Anticorrupción y por la Fiscalía del Supremo se "pone de manifiesto ciertos indicios que podrían sustentar la hipótesis" de que el dinero entregado por el rey Abdallah no fue una donación "sino que respondiera al pago de una ilícita comisión al entonces rey D. Juan Carlos I a modo de premio o gratificación por haber conseguido la adjudicación en favor del consorcio hispano-saudí".
Pero añade que tales indicios "resultan insuficientes para confirmar dicha hipótesis". Indica que la investigación no ha podido establecer, siquiera de modo indiciario, vinculación alguna entre el referido ingreso y la adjudicación del AVE por lo que no se puede decir que dicha cantidad guarde relación con el pago de comisión alguna.
Además, tras repasar cómo se produjo esa adjudicación, qué empresas participaron, qué consultores tuvieron parte activa en la misma --menciona a Corinna Larsen y a Shahpari Azzamy Zanganeh--, y tras recordar que el tema de las comisiones y de la adjudicación sigue "siendo objeto de investigación por parte de la Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada", Luzón señala que "a nadie se oculta que estos contratos, calculadamente ambiguos y retribuidos por importes significativamente superiores al valor de cualquier servicio legítimo que el intermediario pueda proporcionar, permiten habitualmente canalizar el pago a las autoridades o funcionarios involucrados en la adjudicación".
Pero apunta que los indicios contra el emérito "son extraordinariamente débiles, de tal modo que los hechos que podrían atribuírsele no llegan a rebasar la condición de meramente sospechosos y, por lo tanto, del todo inidóneos para el ejercicio de una acción penal". Recuerda que la hipótesis de la comisión se basa en la declaración de Larsen, y que ella "no aparece directamente implicada en los pagos y que reconoce que su conocimiento es de referencia".
COHECHO Y BLANQUEO
En definitiva, el fiscal apunta que esos 100 millones de dólares serían un regalo que pudiera haber sido recibido en consideración a la condición de Jefe del Estado de Juan Carlos I en 2008, y por lo tanto era susceptible de integrar el delito de cohecho pasivo impropio, aunque este posible delito estaría claramente prescrito.
El decreto de archivo referente a LUCUM y el AVE a La Meca analiza también la posible comisión de un delito de blanqueo de capitales por las operaciones financieras y societarias que realizó el emérito entre 2008 y 2012 tras recibir esa cantidad de 64,8 millones de euros. Pero la Fiscalía indica una ve más que los actos susceptibles de integrar alguna de las conductas descritas en el artículo 301 del Código Penal habrían cesado en 2012, fecha cubierta por la inviolabilidad que el artículo 56.3 de la Constitución reconoce al Jefe del Estado.