Destaca la unidad de criterios en la organización de 'ongi etorris' y la uniformidad del discurso impuesta, que era "absoluta"
MADRID, 23 (EUROPA PRESS)
La Fiscalía ha pedido a la Audiencia Nacional que condene a 5 años y 7 meses de cárcel al exintegrante de ETA José Antonio López Ruiz, alias 'Kubati', y otras cinco personas por la organización de 120 actos de homenaje a presos de ETA entre 2016 y 2020, los conocidos como 'ongi etorri'.
En su escrito de acusación, recogido por Europa Press, el fiscal Carlos Berro pide imponer 3 años y 6 meses de prisión a los acusados por un delito de constitución y dirección de organización criminal y 2 años y 1 mes de cárcel por un delito continuado de humillación a las víctimas del terrorismo y enaltecimiento.
Además de a 'Kubati', el Ministerio Público también pide que se condene a Oihana Garmendia Marín, Haymar Altuna, Oihana San Vicente Saez de Cerain, Carlos Saez de Egilaz Murgiondo y Felipe San Epifanio San Pedro.
La Fiscalía asegura que "entre los años 2016 y 2020 la denominada dinámica Kalera Kalera dirigida por los acusados se encargó de organizar de forma reiterada y sistemática 'ongi etorris' y otros actos de homenaje dispensados a miembros de la banda terrorista ETA en el momento de su excarcelación, del regreso a España y de su fallecimiento".
Para el Ministerio Público, "la organización reiterada y sistemática de tales actos de indudable contenido laudatorio a todos y cada uno de los miembros de la banda terrorista ETA (...) produjo una constante humillación a las víctimas y un impacto psicológico negativo en las víctimas del terrorismo de ETA".
"También generaron en las víctimas un sentimiento de abandono muy elevado ante este tipo de actos, especialmente las víctimas que residían en el País Vasco o que han vivido allí durante años. Además, estos homenajes influyeron negativamente en la vida diaria e interferían en la recuperación psicológica de las víctimas", añade el fiscal, para sumar que, en definitiva, sufrieron "un proceso de revictimización prolongando de forma humillante el sufrimiento de las mismas".
Tras citar numerosa documentación que sirve de apoyo a la acusación, Berro destaca que "la unidad de criterios en la organización de 'ongi etorris' y la uniformidad del discurso impuesta era absoluta" y que ha quedado probada "la dirección de 'Kubati'" de los mismos a juzgar por los mensajes interceptados.
Además, el fiscal explica que la dinámica Kalera Kalera, que publicaba revista propia, "contaba con una estructura de comunicación consistente en 7 perfiles de Facebook, 5 perfiles en Twitter y 4 canales en Youtube". Y suma a esto que Kalera Kalera tenía enlace propio en las páginas oficiales de Sortu, del sindicato LAB y de la organización juvenil ERNAI.
El Ministerio Público va enumerando los 120 homenajes realizados, y su consiguiente publicidad, y concluye interesando el comiso de los efectos utilizados para la realización de la ilícita actividad, que se acuerde el cierre definitivo de la revista KaleraInfo, la página www.kalerakalera.eus y que se haga lo mismo con los 7 perfiles de Facebook, los 5 perfiles en Twitter y los 4 canales en youtube.
LA DECISIÓN DEL INSTRUCTOR
Fue a principios de abril cuando el juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón propuso juzgar a estas seis personas como autoras de un delito continuado de humillación a las víctimas del terrorismo y enaltecimiento.
En el auto de pase a procedimiento abreviado, acordado a instancia de la Fiscalía, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 explicaba que, en su condición de miembros de la Comisión de Presos de Sortu, 'Kubati' y Garmendia Marín, junto al resto de investigados, "han desarrollado una actividad tendente a organizar de forma sistemática y sistematizada los actos de homenaje a los presos, valiéndose en ocasiones de la dinámica KALERA KALERA y en otras ocasiones de otros movimientos sociales o asociaciones, en función de las necesidades del momento concreto".
Este desarrollo de la organización de los 'ongi etorris' y demás actos de homenaje a los presos de la banda terrorista se realizó, aseguraba el auto, a través de normas estrictas tanto en lo referente a qué presos se rendía tributo como en lo concerniente a cómo se debía desarrollar el homenaje. Así, respecto de lo primero, explicaba, solo fueron tributarios de homenaje aquellos presos que se habían mantenido durante su cautiverio dentro de la disciplina del colectivo de presos.
LA RECTIFICACIÓN DE LA SALA
Cabe recordar que el pasado mes de marzo la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional acordó dar por concluida la investigación abierta por los 'ongi etorri', corrigiendo así la decisión del juez instructor de prorrogar la instrucción para ampliar la investigación a chats presuntamente administrados por Sortu en los que se impartirían directrices e instrucciones sobre cuestiones relacionadas con presos y fugados.
La Sala de lo Penal estimaba así el recurso que presentó el fiscal del caso Carlos Berro, que en su escrito indicaba que no encontraba delito en esos chats y que eran además ajenos a la investigación.
En el auto, al que tuvo acceso Europa Press, la Sección Tercera dejaba además sin efecto la diligencia consistente en dirigir mandamiento a Telegram para que informara de la titularidad de tres canales, uno de ellos administrado por Sortu y otro por la Red Ciudadana SARE.