Ciudad de la Justicia, L'Hospitalet
EP-MLC
Actualizado: jueves, 14 septiembre 2017 17:42

Pide que se ordene que el Dogc y el Bopc no publiquen sus acuerdos

BARCELONA, 14 Sep. (EUROPA PRESS) -

La Fiscalía de Barcelona se ha querellado contra los miembros de la Sindicatura Electoral de Cataluña, Marc Marsal, Jordi Matas, Marta Alsina, Tania Verge y Josep Pagés, por realizar actos de ordenación, regulación e impulso del referéndum del 1-O prohibido por el Tribunal Constitucional.

En el escrito, recogido por Europa Press, presentado este jueves en el juzgado de guardia de incidencias de Barcelona, la fiscal jefe de Barcelona, Ana Magaldi, les acusa de los delitos de usurpación de funciones públicas, desobediencia y malversación, considerando sus actuaciones "una clamorosa manifestación de desprecio al principio de autoridad representado por el Tribunal Constitucional".

La fiscal considera que los querellados han realizado actos de ordenación, regulación e impulso de un proceso electoral previsto en una ley previamente suspendida por el Tribunal Constitucional y amparándose en un nombramiento igualmente suspendido constitucionalmente, "careciendo así de toda facultad o habilitación para el desempeño de las funciones que se atribuyen".

En su escrito, la fiscal pide que se ordene a la directora de publicaciones del Diari Oficial de la Generalitat (Dogc) y al responsable de publicaciones del Butlletí Oficial del Parlament (Bopc) que se abstengan de dar publicidad a los acuerdos y resoluciones dictados y que pudiera dictar la Sindicatura, bajo apercibimiento de poder incurrir, cuanto menos, en un delito de desobediencia.

HECHOS

En la querella se recoge que el 7 de septiembre, el día después de la creación de la Sindicatura, el TC dictó una providencia de suspensión del referéndum y pidió notificar personalmente esta decisión a los cinco querellados, entre otras personas.

Además, les pedía abstenerse de proceder al nombramiento de los miembros de las sindicaturas electorales de demarcación, de la creación de ningún registro o fichero necesario para la celebración del referéndum así como iniciar, tramitar, informar o dictar acuerdo alguno en orden a la ejecución de las previsiones contenidas en la ley del referéndum.

No obstante, al día siguiente, el 8 de septiembre, la Sindicatura designó a los vocales titulares de las sindicaturas electorales de demarcación y dio conocimiento público del procedimiento de acreditación de las organizaciones interesadas en participar en el referéndum y de sus efectos.

SIN LEGITIMACIÓN

Considera que de este modo actuaron "siendo conscientes que carecían de legitimación alguna" para actuar y pese a que se les había advertido expresamente de su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que supusiera ignorar o eludir la suspensión del TC.

Afirma que al realizar el nombramiento de los miembros de las sindicaturas electorales, los querellados actuaron "con el propósito de suplantar o falsear la realidad administrativa y ocultando la suspensión constitucional de la ley que le habilita".

La fiscal considera que la advertencia personal del TC a los miembros de la Sindicatura querellados "en nada ha modificado la conducta de los mismos que, sin tener legitimación alguna para actuar, mantienen la publicidad de sus resoluciones y acuerdos fomentando la celebración del inconstitucional referéndum".

"Su actuación, obviando los mandatos del Tribunal Constitucional, compromete directamente los fondos públicos en tanto que el mantenimiento y funcionamiento de la Sindicatura supone necesariamente la percepción de retribuciones", sentencia.

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