Fiscalía rechaza modificar los cumplimientos de condena de cinco de los presos del procés por el tiempo de preventiva

Actualizado: lunes, 16 diciembre 2019 23:12

Forn lo pidió los 4 meses que no pudo ejercer como concejal y Sánchez, Rull y Turull reclaman una interpretación "novedosa"

MADRID, 16 Dic. (EUROPA PRESS) -

La Fiscalía del Tribunal Supremo ha rechazado en varios escritos dados que el tribunal deba modificar los tiempos de cumplimiento de condena de prisión e inhabilitación impuestos a cinco de los condenados por el 'procés' independentista en Cataluña -Carme Forcadell, Joaquim Forn, Jordi Sánchez, Jordi Turull, Josep Rull-, tal y como habían solicitado sus defensas, por el tiempo de prisión preventiva que sufrió cada uno de ellos antes de ser condenados en firme.

En el caso Forn, la petición se planteaba en relación con el período de tiempo -14 de junio a 14 de octubre de 2019- que no pudo ejercer como concejal en el Ayuntamiento de Barcelona, para que le sea descontado el cumplimiento de la pena de inhabilitación absoluta que le ha sido impuesta en la sentencia, de 10 años y 6 meses de cárcel y el mismo tiempo de inhabilitación.

El escrito de la Fiscalía, firmado por los fiscales Javier Zaragoza y Fidel Cadena, señala que esta petición no puede ser atendida por varias razones, entre ellas que la pena de inhabilitación absoluta a la que fue condenado supone la privación definitiva de todos los honores, empleos y cargos públicos que tuviera Forn. Produce, además, la incapacidad para obtener los mismos o cualesquiera otros cargos.

Añade que no se puede comparar el caso de Forn con el de otros condenados, como son el exvicepresidente Oriol Junqueras o los exconsejeros Rull y Turull, quienes habiendo sido elegidos diputados al Congreso fueron suspendidos en sus funciones por la Mesa del Congreso de los Diputados en aplicación de lo dispuesto en la Ley de Enjuiciamiento Criminal al haberse dictado contra ellos auto de procesamiento por delito de rebelión. En el caso del exconsejero de Interior la suspensión cautelar no fue efectiva ya que el Ayuntamiento de Barcelona no tomó decisión alguna al respecto.

Forn, además, fue autorizado por el Tribunal para tomar posesión del cargo de Concejal, pero le fue denegada la autorización para asistir a las sesiones ordinarias del Consistorio barcelonés teniendo en cuenta su situación de prisión preventiva a resultas del proceso. Así, l"a inasistencia a las sesiones durante el período de cuatros meses que el solicitante indica no es la consecuencia de una suspensión cautelar ex lege, sino de la necesidad de mantener la medida de prisión provisional para salvaguardar los fines del proceso"; añade la Fiscalía.

FORCADELL LO PIDE POR LA VIGILANCIA POLICIAL

En cuanto a la expresidenta del Parlament Carme Forcadell, su defensa solicitaba una modificación de liquidación de condena respecto de los 11 años y 6 meses de cárcel que se le impusieron para descontar de dicha pena y se contabilice como un día el período de vigilancia policial de 24 horas al que dice que fue sometida desde el 2 de noviembre al 8 de noviembre de 2018, las fechas previas a su declaración en el Supremo..

En este caso, los fiscales Zaragoza y Cadena señalan que su petición de rebaja de seis días de condena carece de fundamento porque "aún de haber existido" la referida vigilancia no restringió su libertad personal ni de movimientos.

Pese a reconocer que la referida vigilancia habría afectado al derecho a la intimidad de la solicitante, la Fiscalía añade que ello "no permite su compensación con la pena de prisión".

Finalmente, con respecto de Sánchez, Rull y Turull, su defensa solicitaba a la Sala una modificación de sus liquidaciones de condena respecto a la medida de prisión provisional para imponer una interpretación "novedosa" que beneficie a los reos, algo que para los fiscales carece igualmente de fundamento al no aportar su abogado, Jordi Pina, una regla de equivalencia concreta.