MADRID, 20 Oct. (EUROPA PRESS) -
La Fiscalía Anticorrupción salió este lunes al paso de las informaciones que señalan que el primer instructor del "caso "Gürtel", el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón, podría haber descartado determinadas grabaciones a los integrantes de la trama corrupta que exculparían al presidente de la Generalitat Valenciana, Francisco Camps, al asegurar que éste se pagó sus trajes.
En un comunicado remitido, el Ministerio público califica de "injustificado y no tolerable" afirmar que las fiscales del caso han separado de las comunicaciones intervenidas algún fragmento para perjudicar el derecho de defensa de Camps.
La frase que se publica -atribuida al número dos de la trama, Pablo Crespo, "ha sido sacada del contexto de un total de once folios de transcripciones, cuya lectura global varía absolutamente el sentido que se le ha dado en algunas informaciones", según la Fiscalía
Por ello, Anticorrupción solicitó el desglose íntegro de la referida conversación" para proteger el derecho de defensa de los imputados, todos distintos del antes mencionado, solicitud que fue acordada por el magistrado instructor" del caso.
La Fiscalía General del Estado justificó hoy la difusión de esta nota de prensa en el "deber de informar a la opinión pública y el hecho de que, en relación con el proceso conocido como "caso Gürtel", se hayan venido produciendo últimamente declaraciones incorrectas, hace necesario poner de manifiesto una vez más que el Ministerio Fiscal, a través de cualquiera de sus representantes y, en concreto, la Fiscalía Especial contra la Anticorrupción, se sujeta al más estricto respeto de la legalidad y su defensa".
GRABACIONES A ABOGADOS
En cuanto a las grabaciones realizadas a algunos imputados y a sus abogados en prisión, la Fiscalía defiende que se han utilizando "con excepcionalidad y prudencia", por tiempo limitado y bajo el amparo que la legislación procesal y jurisprudencial.
"En todo caso, el Ministerio Fiscal ha instado en sucesivos escritos que se excluyeran del procedimiento cuantas conversaciones pudieran suponer el más mínimo menoscabo del ejercicio del derecho de defensa, quedando tan sólo incorporado al sumario aquello que se ha considerado relacionado con la comisión u ocultamiento de delitos", insiste el Ministerio Público.
Añade que la mencionada legalidad, proporcionalidad y adecuación de las mencionadas intervenciones "se sostendrán con las razones de la dialéctica del Derecho en los recursos que las partes o el Fiscal utilicen ante los órganos judiciales".
La Fiscalía subraya que los hechos que fundaron las intervenciones en prisión y el derecho que se invocó "ponen de manifiesto que no se obró con gratuidad o arbitrariedad" y agrega que "el Fiscal veló, en los términos que le corresponden, para que no quedara en la causa rastro alguno de lo que pudiera perturbar el derecho de defensa".
"Será ante los Tribunales donde los representantes del Ministerio Fiscal, con hechos y derecho que tienen ahí su adecuado eco, podrá desarrollar cuanto aquí se expone sobre el fundamento de la exclusión de dicha conversación, en defensa de la legalidad y del interés público", finaliza el comunicado.