La Generalitat recuerda al dueño de un comercio multado que no "prohíbe" el castellano

Actualizado: jueves, 4 febrero 2010 15:44

BARCELONA 4 Feb. (EUROPA PRESS) -

El abogado de la Generalitat recordó hoy al empresario Manuel Nevot, multado por no rotular su establecimiento en catalán, que la Ley de Política Lingüística "no prohíbe" el uso del castellano, sino que "al menos" obliga a que figure en catalán.

En el juicio celebrado esta mañana en el Juzgado Contencioso- Administrativo número 9 de Barcelona, Nevot pidió que se anularan las dos sanciones que le impuso la Generalitat --400 euros por no rotular en catalán y de 400 euros más por no disponer de las hojas de reclamación--.

El comerciante declaró que ambas multas son "injustas", ya que su establecimiento dispone carteles en "ambas lenguas", aunque el cartel principal sólo aparece en castellano. Nevot entiende que su rotulación "es más que suficiente", y que si no tenía "a mano" hojas reclamación era porque "nunca había tenido una queja".

Su defensa argumentó que la citada ley es "coercitiva con el castellano" y que, por tanto, vulnera el derecho "fundamental" de libertad de expresión. Por ello pidió al tribunal que "plantee" un recurso de inconstitucionalidad al Tribunal Constitucional, petición que tuvo el respaldo del director de Convivencia Cívica Catalana, Francisco Caja.

En declaraciones a los medios, Caja aseguró que lo que buscan este tipo de leyes es "torcer la voluntad" de los comerciantes y "erradicar" no solamente del comercio sino también de la vida pública el "uso del castellano".

El abogado de Nevot, Ángel Escolano Rubio, hizo referencia al escrito de demanda del Quebec de 1989 en el que los demandantes alzaron su queja al Comité de Derechos humanos de la ONU. No obstante, el abogado de la Generalitat explicó que los casos son distintos ya que en aquel se prohibía rotular en inglés a la vez que es obligaba a hacerlo en francés, y en este "no hay ninguna prohibición".

Escolano se felicitó por la celebración del juicio y comentó que si bien no podía asegurar que la causa saliera adelante si que podía celebrar que había agotado la causa administrativa.