MADRID 24 Abr. (EUROPA PRESS) -
El Gobierno establece un nuevo sistema de revisión de precios a la baja para los fármacos financiados, de modo que, según recoge el Real Decreto ley publicado este martes en el BOE, "sólo se tendrán en cuenta" las reducciones que supongan, "como mínimo", el 10 por ciento sobre el precio industrial máximo en vigor autorizado para la financiación con fondos públicos.
Asimismo, se excluirán de la prestación farmacéutica de medicamentos y productos sanitarios, aquellos fármacos indicados en el tratamiento de síntomas menores y los que contengan un principio activo que cuente con un perfil de seguridad y eficacia favorable y suficientemente documentado a través de años de experiencia y un uso extenso.
También, se mantendrán fuera aquello en convivencia con un medicamento sin receta con la que comparte principio activo y dosis; aquellos que tengan consideración de medicamento como publicitario en el entorno europeo; y aquellos innovadores que no cumplan un avance terapéuticos indiscutibles.
Además, a favor de los medicamentos genéricos, el Gobierno establece un articulo por el cual cuando la prescripción se realice por denominación comercial, si el medicamento prescrito tiene un precio superior al del menor precio de su agrupación homogénea el farmacéutico sustituirá el medicamento prescrito por el de menor precio y, en caso de igualdad, dispensará el medicamento genérico o el medicamento biosimilar correspondiente.
Finalmente, se excluirán fármacos teniendo en cuenta el establecimiento de precios seleccionados, lo que significa que el Gobierno propone a la Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos el precio máximo seleccionado aplicable, teniendo en cuenta grupos de fármacos, de modo que las farmacéuticas acuden a la oferta de medicamentos financiados.
Así, pretende que la prescripción de medicamentos y productos sanitarios en el Sistema Nacional de Salud se efectue "en la forma más apropiada para el beneficio de los pacientes, a la vez que se protege la sostenibilidad del sistema", ya que "es uno de los grandes desafíos actuales".
"La austeridad en el gasto público, imprescindible en todo momento, ha devenido un objetivo inaplazable. Por ello, resulta necesario, más que nunca, que las decisiones de financiación estén presididas por los criterios de evidencia científica de coste-efectividad y por la evaluación económica, con consideración del impacto presupuestario, en la que se tenga en cuenta un esquema de precio asociado al valor real que el medicamento o producto sanitario aporta al sistema", añade.
Por tanto, con esta nueva normativa pretende "sentar las bases para un análisis exhaustivo de los beneficios que un nuevo medicamento o producto sanitario aporta a la sociedad, en general, y al tejido socioeconómico español, en particular, a la hora de decidir sobre sus condiciones de financiación por el Sistema Nacional de Salud".
PROCESO DE SELECCIÓN DE FÁRMACOS
El sistema de precios seleccionados se aplicará a medicamentos sujetos a precios de referencia, teniendo en cuenta, el consumo del conjunto, el impacto presupuestario, que no se no se produzca riesgo de desabastecimiento, y, por ello, finalmente se contemplarán, al menos, tres medicamentos en el conjunto.
De este modo, una vez establecido ese precio este, a través de la unidad con responsabilidad en prestación farmacéutica, se comunicará a los proveedores para que de comienzo el inicio de un procedimiento de precio seleccionado.
El precio seleccionado tendrá una vigencia de dos años durante los cuales no podrá ser modificado, y, añade, que los laboratorios titulares de la autorización deberán asumir el compromiso de garantizar su adecuado abastecimiento mediante declaración expresa al efecto.