El Gobierno deniega al Ayuntamiento de Cuenca una consulta popular sobre la línea de tren por exceder sus competencias

La ministra Portavoz, Isabel Rodríguez, comparece tras la reunión del Consejo de Ministros, en el Complejo de la Moncloa, a 24 de mayo de 2022, en Madrid (España).
La ministra Portavoz, Isabel Rodríguez, comparece tras la reunión del Consejo de Ministros, en el Complejo de la Moncloa, a 24 de mayo de 2022, en Madrid (España). - Eduardo Parra - Europa Press
Publicado: martes, 24 mayo 2022 20:34


MADRID, 24 May. (EUROPA PRESS) -

El Gobierno ha acordado este martes, tras el Consejo de Ministros, denegar al Ayuntamiento de Cuenca una autorización para realizar una consulta popular sobre la línea de tren Aranjuez-Cuenca-Utiel, porque "no se trata de un asunto de competencia propia municipal y excede del ámbito local".

Según se ha publicado en las referencias tras la reunión del Consejo de Ministros, la petición en la que se discutiría si mantener dicha línea ferroviaria o sustituirla por movilidad por carretera, no cumple los requisitos del artículo 71 de la Ley 7/1985, en la que se regulan las Bases del Régimen Local.

Concretamente, la consulta popular era la siguiente: "¿Quiere usted que se mantenga la línea del tren convencional Aranjuez-Cuenca-Utiel o quiere que la línea del tren convencional Aranjuez-Cuenca-Utiel se sustituya por un plan de movilidad por carretera, aumento de trenes avant y avlo y eliminación de la barrera ferroviaria en nuestra ciudad?".

Asimismo, el Ejecutivo ha informado de que con el objetivo de determinar el cumplimiento de la citada Ley de Bases del Régimen Local, se solicitaron informes a la Subdelegación del Gobierno en Cuenca, a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y a la Dirección General de Régimen Jurídico Autonómico y Local del Ministerio de Política Territorial.

Sin embargo, tras su revisión, el Ministerio de Política Territorial ha manifestado que "todos los informes son desfavorables" y concluyen, por tanto, que no procede la autorización de la citada consulta popular.

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