"No podéis ser detenidos por ninguna autoridad, excepto que haya un delito flagrante"
BARCELONA, 28 Sep. (EUROPA PRESS) -
El Govern ha incluido en la web del referéndum nueva información para comunicar a los miembros de las mesas electorales del referéndum y a los interventores de que la policía no puede detenerles durante el ejercicio de sus funciones.
La web original del referéndum fue clausurada por la Guardia Civil pero se ha replicado en numerosas páginas espejo y en una aplicación para dispositivos móviles, desde la que se puede acceder a todos los contenidos.
Al contenido inicial se han ido añadiendo nuevas informaciones en los últimos días, como los acuerdos de la Sindicatura Electoral de Cataluña --que ya se ha disuelto--, el material electoral y los colegios electorales que serán puntos de votación.
También se ha añadido nueva información para los miembros de las mesas electorales a tres días del 1-O y después de que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) haya ordenado a los distintos cuerpos policiales que garanticen que no se abrirá ningún colegio electoral ni habrá urnas.
El Govern ha incluido un apartado con respuestas a posibles dudas que puedan surgir a los miembros de los participantes en el dispositivo electoral, como por ejemplo: "¿Puedo ser detenido durante el ejercicio de mi cargo como miembro de una mesa electoral o interventor?".
La respuesta que se ofrece es escueta: "No. No podéis ser detenidos por ninguna autoridad, excepto que haya un delito flagrante", y no se detalla qué se entiende cómo delito flagrante.
NOTIFICACIONES A LOS MIEMBROS
La Guardia Civil intervino la semana pasada las notificaciones a los 55.000 miembros de las mesas electorales del 1-O elegidos mediante sorteo antes de que se enviaran, pero el Govern las volvió a enviar este martes.
Según la ley del referéndum --que no hace referencia a posibles escenarios de detenciones de cargos electorales--, ser miembro de mesa es "obligatorio", si bien no especifica si habrá sanciones y permite excusarse de la función previo aviso.
La excusa debe presentarse ante la Sindicatura Electoral, pero se da la circunstancia de que este órgano ya no existe y, por lo tanto, los miembros de las mesas que quieran renunciar no tienen a quién dirigirse.
CONSTITUCIÓN DE LAS MESAS
Los miembros de las mesas electorales --el presidente y los dos vocales, además de los suplentes--deberán presentarse en el colegio correspondiente a las 7.30 horas y, si no se presentan, se designarán nuevos miembros de entre los primeros electores que acudan al centro para votar.
A las 8 horas deberán estar constituidas todas las mesas electorales y sus miembros podrán abandonar su puesto temporalmente siempre que queden dos componentes: si faltan más de dos, la votación quedará interrumpida hasta que como mínimo vuelvan a haber una pareja.
'¿Se puede invalidar el resultado de la votación en ausencia de los miembros de una mesa electoral?', pregunta la web, para seguidamente responder que "no, pero supone una irregularidad".