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Actualizado: jueves, 8 septiembre 2022 19:25

Tres de los 14 condenados aún están en libertad a la espera del informe del Supremo sobre su petición de indulto

MADRID, 8 Sep. (EUROPA PRESS) -

Uno de los 14 condenados por el asalto a Blanquerna en 2013 ha ingresado en prisión y ya son 10 los que permanecen detenidos. De los cuatro restantes, uno está en busca y captura, y tres están en libertad a la espera de que el Tribunal Supremo se pronuncie sobre la petición de indulto que presentaron, según han informado fuentes jurídicas a Europa Press.

El décimo condenado se ha presentado para cumplir su pena de cárcel después de que el pasado noviembre la Audiencia Provincial de Madrid emplazara a ocho de ellos a retirar personalmente el mandamiento de ingreso voluntario en prisión. La decisión tuvo lugar después de que el Tribunal Constitucional inadmitiera el recurso de amparo que paralizó la ejecución de las penas.

Las mismas fuentes han precisado que, de los 10 condenados que ya no se encuentran en libertad, nueve están recluidos en centros de inserción social y uno en un recinto penitenciario.

Los tres que quedan pendientes de cumplir su condena de cárcel --y que no están en busca y captura-- aún no han sido citados para recoger el mandamiento de ingreso voluntario en prisión, una vez que han solicitado el indulto al Gobierno y permanecen a la espera de que el Supremo se pronuncie. Cabe recordar que el Alto Tribunal ya ha recibido solicitudes de otros ocho condenados y hasta el momento ha informado en contra de siete de ellas.

SENTENCIA ENMENDADA

Los 14 del 'caso Blanquerna' fueron condenados por la Audiencia de Madrid a penas de entre seis y ocho meses de cárcel por delitos de desórdenes públicos y daños. También fueron condenados a indemnizar de forma conjunta y solidaria a la Generalitat con 1.372 euros y a su exdelegado en Madrid Josep María Bosch con 94 euros.

Posteriormente, el Supremo estimó el recurso de casación interpuesto por el Ministerio Fiscal y elevó la pena a dos años y 10 meses de prisión por un delito de desórdenes públicos en concurso ideal con el de impedimento del derecho de reunión y una agravante por discriminación ideológica; y a un año y un mes de cárcel por un delito de daños apreciando una atenuante por la reparación del daño.

Respondiendo a una serie de recursos de amparo, el Constitucional ordenó al Supremo dictar una nueva sentencia. Determinó que se vulneró el derecho a un proceso con todas las garantías y a la presunción de inocencia por aplicar la agravante de haber cometido el delito por motivos de discriminación ideológica.

Finalmente, el Supremo emitió un nuevo fallo en el que no apreció la agravante de discriminación ni la atenuante de reparación del daño. Así, fijó las condenas en dos años y siete meses de prisión para 12 de los acusados; dos años y nueve meses de prisión para uno por haber tenido un papel protagonista en los hechos; y dos años y ocho meses de prisión para otro por ser quien encabezó la acción ilícita.

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