Recurre también la decisión del juez del Supremo de unificar acusaciones en el 'caso Koldo' en el PP
MADRID, 16 Dic. (EUROPA PRESS) -
La acusación popular de Iustitia Europa ha presentado un recurso ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional (AN) en el que solicita de nuevo que se tome declaración testifical de Carmen Pano, la empresaria que dijo haber entregado 90.000 euros en la sede del PSOE de Ferraz en octubre de 2020 por orden del presunto conseguidor del 'caso Koldo', Víctor de Aldama, alegando que de no hacerlo se vulnera su derecho a la tutela judicial efectiva.
En el recurso de apelación, recogido por Europa Press, explica que tanto esa testifical como la de su hija, Leonor González Pano, son pertinentes, útiles y necesarias y recalca que los argumentos tanto del juez instructor, Ismael Moreno, como del fiscal del caso, Luis Pastor, para denegarlas son "insuficientes".
"La conexión directa de las testigos con los hechos investigados es evidente. Ambas aparecen mencionadas en el informe UCO nº 211/2024 y están vinculadas a hechos clave, como la entrega de 90.000 euros en la sede del PSOE y la gestión de licencias de hidrocarburos para Villafuel S.L. Las declaraciones de María del Carmen Pano al medio digital El Español y The Objetive, ratificadas ante notario, ofrecen información relevante que debe ser contrastada bajo el principio de inmediación judicial", relata.
Y añade que no está de acuerdo con el informe del Ministerio Fiscal que concluye que las declaraciones testificales solicitadas no son procedentes en este momento procesal debido a posibles contradicciones entre las manifestaciones de María del Carmen Pano y las evidencias digitales intervenidas.
UNIFICACIÓN EN EL SUPREMO
Por otro lado, el abogado de Iustitia Europa, Luis Pardo, ha recurrido también la decisión del juez del 'caso Koldo' en el Tribunal Supremo (TS) de unificar las acusaciones populares bajo la representación y dirección técnica del Partido Popular. Entiende que esa decisión carece de suficiente fundamentación jurídica.
Además, considera que vulnera su derecho a la tutela judicial efectiva y al ejercicio de la acción popular, máxime cuando hay divergencia "evidente" de intereses entre ellas.
"Supone una clara vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva, en su vertiente de acceso pleno a la jurisdicción y del derecho de defensa. El artículo 24 de la Cosntitución garantiza que las partes puedan ejercer sus derechos procesales sin limitaciones arbitrarias. En este caso, la unificación de las acusaciones populares bajo una dirección única restringe la capacidad de esta parte para desarrollar una estrategia procesal independiente y afecta directamente nuestra participación en el proceso", subraya.