MADRID 21 Oct. (EUROPA PRESS) -
La asociación Jueces para la Democracia (JpD) considera que la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo sobre la llamada 'doctrina Parot' es "correcta jurídicamente" porque ésta "vulnera el principio de no retroactividad" y supone un incumplimiento de "las reglas del juego".
En declaraciones a Europa Press, el portavoz de JpD, Joaquim Bosch, ha recordado que "hay que separar el comprensible rechazo que puedan merecer determinados delitos de las consecuencias jurídicas", por lo que ha defendido la actuación del tribunal europeo al asegurar que "no ha dictado de manera arbitraria".
Según Bosch, el tribunal de Estrasburgo no entra a valorar los delitos cometidos por la etarra Inés del Río cuando falla a su favor, sino que ha sentenciado que "ya ha cumplido su condena de acuerdo a las reglas del juego" que regían cuando fue juzgada. "Hay personas que piensan que las penas para estas personas eran insuficientes, pero eran las previstas por la ley en ese momento", ha añadido.
"Consideramos que la sentencia es correcta jurídicamente porque la doctrina vulneraba el principio de no retroactividad de las disposiciones penales que puedan ser desfavorables para una persona condenada y suponía una modificación sobrevenida de las reglas del juego con la que se debía cumplir la condena", ha destacado.
Bosch ha señalado que la 'doctrina Parot' "surgió en un momento de fuerte presión social y un estado de opinión con una intensa repulsa a los atentados", lo cual, a su juicio, "puede explicar la decisión" que tomaron tanto el Tribunal Supremo como el Tribunal Constitucional cuando fallaron a favor de esta doctrina.
Sin embargo, el portavoz de Jueces para la Democracia considera que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos "ve las cosas con una distancia mayor" y el "análisis jurídico" que ha realizado sobre este caso es "más objetivo".