MADRID, 22 Jul. (EUROPA PRESS) -
El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha confirmado la admisión de la asociación APEDANICA como acusación popular en la causa donde investiga el presunto espionaje al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y a sus ministros de Defensa e Interior, Margarita Robles y Fernando Grande-Marlaska, con el 'software' Pegasus, pero ha rechazado rebajar la fianza de 10.000 euros que le exigió para materializar su personación.
En un auto de este mismo viernes, recogido por Europa Press, el titular del Juzgado Central de Instrucción Número 4 ha rechazado los recursos planteados, por un lado, por el Ministerio Fiscal para impedir que APEDANICA ejerza la acusación popular y, por otro, por la Asociación para la Prevención y Estudio de Delitos, Abusos y Negligencias en Informática y Comunicaciones Avanzadas para que se le fijase una fianza menor.
En respuesta a la Fiscalía, el juez explica que "no puede inferirse ánimo espurio u oculto alguno por parte de dicha asociación por el mero hecho de que la querella presentada no goce en exceso de un deseable rigor jurídico, cuando aquella cumple con los requisitos formales mínimamente exigidos".
"Es comprensible el interés del Ministerio Fiscal en limitar las personaciones que impliquen una mayor carga para el ejercicio del derecho de defensa, y una mayor complejidad en la tramitación de la causa. Sin embargo, esto no es un motivo legalmente establecido de exclusión de la acusación popular", zanja.
En cuanto al recurso de APEDANICA, Calama señala que "no acredita su situación económica de forma alguna, limitándose a aseverar que 'tiene muy modestos recursos económicos y nunca hasta ahora, desde su constitución en 1992, ha dispuesto de los 10.000 euros'"
También ve "totalmente estériles las manifestaciones vertidas en el sentido de que el recurrente goza de asistencia jurídica gratuita en determinados asuntos civiles" porque resulta "palmario" que solo se disfruta de la misma para el caso concreto para el que se le ha concedido, no para todos.
"Por consiguiente, si el recurrente se cree acreedor de este derecho deberá obtener su reconocimiento por los cauces dispuestos en la citada ley de asistencia jurídica gratuita", insta.
Así, el instructor ratifica que "la fianza fijada resulta asequible, moderada, y ajustada a la naturaleza y relevancia de los hechos investigados en las presentes actuaciones".