El magistrado de la AN sigue el criterio de Fiscalía y acusación y niega que se produzca "indefensión alguna" con la denegación
MADRID, 28 Oct. (EUROPA PRESS) -
El juez de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón ha descartado decretar la nulidad de las actuaciones relacionadas con los trece miembros de los Comités de la Defensa de la República (CDR) procesados por pertenencia a organización terrorista y que habían solicitado seis de los acusados.
En un auto fechado el pasado lunes, al que ha tenido acceso Europa Press, el titular del Juzgado Central de Instrucción Número 6 desestima el recurso de reforma interpuesto por la defensa de Xavier Duch dejando claro que su "denegación no genera a los procesados indefensión alguna".
El letrado había alegado precisamente indefensión después de que el magistrado incorporase a la causa las diligencias Previas 104/17 "que se encuentran en tramitación y declarados secretos". En este sentido, el magistrado niega esa "supuesta indefensión" que a su juicio "no concurre materialmente tal y como es de exigencia constitucional".
En concreto, la representación de los procesados Esther García Canet, Germinal Tomás, Queralt Casoliva, Jordi Ros, Sonia Pascual y Rafael Joaquín Delgado habían solicitado la nulidad asegurando que se había "ocultado la existencia y contenido de los procedimientos
de instrucción en que los ahora procesados estaban siendo investigados".
"IMPIDIENDO" EL "DERECHO DE DEFENSA"
"Se nos ha privado del acceso y participación en las mismas y todo impidiendo todo ejercicio del derecho de defensa y vaciando de todo contenido formal y material el artículo 24 de la Constitución española", recogen los escritos.
Sin embargo, García-Castellón sostiene que "desde que se incoa el presente procedimiento", aunque reconoce que tiene "origen en otro anterior, los procesados tienen a su disposición todo el material de
investigación acumulado desde entonces". "Que es el único que las acusaciones podrán utilizar, y no otro que se encuentre fuera del procedimiento", recuerda.
Y en lo referido a las diligencias anteriores a la incoación del presente procedimiento, el magistrado insiste en que en el auto de procesamiento dictado el pasado 14 de septiembre, "además de ofrecerse a los investigados una prolija descripción de los hechos que se les atribuye, se solicitó la incorporación del testimonio de las peticiones policiales, resoluciones judiciales y las transcripciones y documentos que dieron lugar las diligencias de investigación telemáticas".
"NO SE COMPRENDE QUÉ INDEFENSIÓN PUEDE GENERAR"
Por todo ello García-Castellón reconoce que "no se comprende qué indefensión puede generar al solicitante que no se incorporen otras diligencias de investigación que no le afectan, y menos aún incluso, posteriores a la incoación del presente procedimiento".
Eso es lo que lleva al juez a desestimar el recurso de reforma interpuesto por "la precipitada representación procesal" recordando que "son sólo las diligencias" incorporadas a la causa "las que podrán ser utilizadas en contra de los mismos y en las que podrán encontrar también las defensas sus posibilidades de alegaciones exculpatorias". "Para lo cual, carece de sentido la incorporación de diligencias que no afectan a los mismos", zanja.
El magistrado ha tomado esta decisión avalando el criterio de la Fiscalía, que se oponía de igual forma a la nulidad de la causa. También el de la Asociación Catalana de Víctimas de Organizaciones Terroristas (ACVOT), como consta en un escrito presentado por Fuster-Fabra Abogados.
PROCESADOS EL PASADO MES DE SEPTIEMBRE
García-Castellón procesó el pasado mes de septiembre por pertenencia a organización terrorista a los 13 miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR) vinculados a la 'Operación Judas'. Además, a 9 de ellos les imputó tenencia, depósito y fabricación de sustancias o aparatos explosivos e inflamables de carácter terrorista.
El juez consideró que este grupo formaba dentro de los CDR el denominado Equipo de Respuesta Táctica (ERT), una célula integrada por un núcleo radicalizado compuesto por individuos procedentes de diferentes CDR.
La creación del ERT vendría motivada por la necesidad de contar en el seno de los CDR con un grupo clandestino formado por individuos de la máxima confianza que se mostraran totalmente entregados a "la causa" para encargarles "las acciones más sensibles, que requieren un plus de compromiso y profesionalidad".
Según el auto de procesamiento, los miembros del ERT han tenido participación activa en algunas de "las acciones más contundentes" que han llevado a cabo los CDR hasta la fecha, como cortar carreteras, levantar barreras de peajes o verter aceite en el tramo de la C-55 por donde debía pasar la comitiva que trasladaba a los condenados por el 'procés' desde la cárcel de Lledoners a Madrid.
ORGANIZACIÓN TERRORISTA PARALELA
También tendrían ambiciosos planes. Así, habrían asumido el encargo que habrían recibido del denominado 'CNI catalán' para que aportasen la infraestructura logística necesaria para ocupar el Parlament de Cataluña, defenderlo una vez tomado y permanecer allí al menos una semana.
El magistrado subrayaba además que los procesados habrían superado los CDR hasta configurar "una organización terrorista paralela, de carácter clandestino y estable, cuyo objetivo sería el de llevar a cabo acciones violentas o atentados contra objetivos previamente seleccionados utilizando para ello los explosivos y/o sustancias incendiarias fabricados en los dos laboratorios clandestinos que la propia organización tenía instalados en dos domicilios particulares".
Además del Parlament, tenían en el punto de mira otros objetivos. Habían hecho vigilancias, fotografías y vídeos de diversas instalaciones, como la Comandancia Naval, el Gobierno Militar y la Delegación de Gobierno de Barcelona y la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. También estaban interesados en torres de alta tensión, una plataforma fotovoltaica, gasolineras de Repsol y un centro logístico de Amazon en Martorelles.