El exalcalde de Santiago defraudó a Hacienda con "dolo evidente" y "falsa ignorancia"

Actualizado: martes, 17 diciembre 2013 21:26

   SANTIAGO DE COMPOSTELA, 2 Oct. (EUROPA PRESS) -      

   La titular del Juzgado de lo Penal Número 1 de Santiago, María Jesús García Pérez, sostiene que el exalcalde de la capital gallega Gerardo Conde Roa actuó con "dolo evidente" al no abonar 291.000 euros del IVA en 2010 por la venta de 61 viviendas de Geslander, la promotora de la que era administrador, por lo que le condena a pagar una multa de 582.000 euros, el doble de lo defraudado, y a dos años de cárcel.

   La sentencia, que la defensa de Conde Roa recurrirá porque la considera "injusta", incorpora la condena a Geslander también de una sanción económica que asciende "al doble de la cuota defraudada" e inhabilita a la empresa para obtener subvenciones y ayudas públicas, para contratar con el sector público y para gozar de beneficios e incentivos fiscales o de la Seguridad Social por un plazo de dos años.

   En cuanto al exregidor, al margen de la sanción económica de más de medio millón de euros y los dos años de prisión, le inhabilita durante este periodo para ejercer el derecho a sufragio pasivo, es decir, para ser elegido.  

   Según el fallo, además, está obligado a cinco años de inhabilitación especial para el ejercicio del comercio inmobiliario --por sí o mediante intermediarios, como administrador o apoderado de entidades mercantiles--, y pierde la opción de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de los beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante cuatro años y seis meses.

   En cuanto a la rebaja en relación a la pena que inicialmente pedía la Fiscalía, de dos años y medio de cárcel, la sentencia alude a la "no gran cuantía en comparación con otros casos", por la que "debe dejarse abierta la puerta a una condena condicional con prisión de dos años pese a la dificultad de cubrir la responsabilidad civil". Conde Roa no ingresará en prisión al no tener antecedentes.

    Finalmente, el fallo determina que tanto Conde Roa como su promotora están condenados "solidariamente" a indemnizar a la Hacienda Pública por el importe de la cuota tributaria defraudada, junto con los intereses de demora, además de tener que abonar las costas del juicio. Al tiempo, abre un plazo de diez días tras la notificación para la interposición de un recurso contra esta resolución.

   "CULPAR A NO ACUSADOS"

   En cuanto al apartado de fundamentos jurídicos y de hechos probados, la magistrada rechaza la "postura" del exregidor popular y de su defensa, centrada, según el auto, en "aparentar falsa ignorancia, querer culpar a no imputados ni acusados --como sus asesores en materia fiscal-- y dando un paso más al negar el comportamiento doloso que el delito requiere".

   Frente a ello, argumenta que la estrategia de culpar "a quienes no son acusados" es "muy frecuente" en este tipo de casos e insiste en que el que estaba obligado al pago es Conde Roa. Recoge, asimismo, la declaración del asesor del exregidor desde que se constituyó Geslander y señala que éste "reconoce que en 2009 se presentó declaración con petición de aplazamiento".

   "FALSA BUENA VOLUNTAD" DE PAGAR

   "En 2010 no declara Gerardo (Conde Roa) pese a que Roberto (el asesor) le recuerda varias veces sus opciones: pagar, pagar por domiciliación bancaria o pedir aplazamiento aportando garantías si es que no prefiere ingresar a cuenta y después pedir aplazamiento por lo no ingresado. Bien asesorado no lleva a cabo ninguno de estos comportamientos", constata.

   La contundente sentencia ratifica que Conde Roa y la "coacusada" --Geslander-- "son lo mismo", pese a que la promotora, "como persona jurídica tiene vida independiente". También entiende que el exregidor mostró posteriormente "falsa ignorancia y falsa buena voluntad" al acudir en "en persona" a ver a un inspector fiscal y manifestar "intención de pagar que en nada se materializó".

   PROCESO

   El titular del Juzgado de Instrucción Número 2 de Santiago de Compostela, José Antonio Vázquez Taín, había ratificado en abril del año pasado en un auto la imputación formal de Gerardo Conde Roa por un supuesto fraude fiscal derivado del impago a Hacienda de 291.000 euros por el IVA que cobró de la venta de 61 pisos a través de su promotora Geslander.

   En el auto, el magistrado justificaba su decisión de ratificar la imputación del regidor, contra el que la Fiscalía presentó una querella que fue admitida a trámite, al constatar "indicios fácticos claros" de una intención de defraudar e "intencionales suficientemente fundados" como para continuar con la práctica de diligencias.

   DIMISIÓN Y OTRAS DOS IMPUTACIONES

   En la misma jornada en la que se había hecho público el auto que confirmaba su imputación, Conde Roa anunciaba su dimisión como alcalde tras reunión de urgencia días antes en la que participó el presidente de la Xunta y jefe de filas de los populares, Alberto Núñez Feijóo, y en la que Conde Roa comunicó a sus concejales su intención de dimitir.

   La Fiscalía solicitaba dos años y medio de prisión para el exregidor, mientras que la petición de su defensa era la libre absolución.

   Conde Roa, además, permanece pendiente de otras dos imputaciones. La primera le atribuye supuesta prevaricación y acoso moral tras la denuncia presentada por un policía local de Santiago y la segunda, prevaricación, cohecho y tráfico de influencias, en el marco de la segunda fase de la 'Operación Pokémon', bautizada como 'Manga'.