García Castellón se aparta de la instrucción de la pieza 4 en tanto se resuelve el expediente de recusación presentado por dos acusaciones
MADRID, 30 Jul. (EUROPA PRESS) -
El juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón deja en manos del magistrado de refuerzo Alejandro Abascal la instrucción de la pieza 4 del 'caso Púnica' mientras se resuelve el expediente de recusación presentado por dos acusaciones populares personadas.
En una providencia de este miércoles, a la que ha tenido acceso Europa Press, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 explica que "en tanto se recibe informe del Ministerio Fiscal y se resuelve sobre la citada recusación", continuará la investigación de la pieza el juez Abascal, que ejerce como refuerzo en este órgano judicial desde hace año y medio debido a la acumulación de macrocausas.
Fueron el PSOE y Adade las acusaciones que presentaron incidente de recusación la semana pasada por la posible vinculación de García Castellón con una de las empresas que podrían haber tenido "intereses inmobiliarios" en un plan de urbanismo de Valdemoro (Madrid), que se investiga en la pieza 4.
Según las acusaciones, el instructor presta "servicios de tutoría online" en un centro universitario "perteneciente y dependiente" de una sociedad cuyos "intereses inmobiliarios" y de varios sus directivos se vieron afectados "muy directamente" en los cambios introducidos por el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Valdemoro aprobado en mayo de 2004.
Por eso, tal y como explican en su escrito, ven "prudente" y "conveniente" que el magistrado se abstenga de esta instrucción, relacionada con el plan urbanístico en el municipio madrileño entre 1999 y 2014.
Tras comprobar que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha autorizado al juez a impartir clases al menos durante los tres últimos cursos, consideran que García Castellón no debe continuar instruyendo esta pieza porque "le hacen dependiente de una de las partes beneficiarias del proceso de cambio" del plan de urbanismo de Valdemoro.
Las acusaciones populares apoyan su petición recordando que la Constitución Española recoge en su artículo 24.2 el derecho a un juez "no sólo imparcial, sino con apariencia de imparcialidad", e indican que ello está amparado por la "constante" jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).
"En la presente situación, no parece asegurado que concurran suficientes garantías para excluir cualquier duda respecto de la imparcialidad de su señoría", explican.