MADRID, 20 Oct. (EUROPA PRESS) -
La Junta Electoral Central ha avisado, ante las elecciones europeas de 2014, que ninguna persona o entidad extranjera puede contribuir a los gastos de campaña de un partido o una agrupación de electorales en los comicios al Parlamento Europeo, ya que lo prohíbe la vigente Ley Electoral (LOREG).
Según explica en una reciente resolución recogida por Europa Press, el artículo 128.2 de la LOREG dispone que "queda prohibida la aportación a las cuentas electorales de fondos procedentes de entidades o personas extranjeras", con la única salvedad de las subvenciones que las instituciones europeas aportan para financiar las elecciones a la Eurocámara.
Eso sí, esa prohibición sólo rige en el periodo electoral, es decir, desde que se convocan formalmente los comicios hasta su celebración, y fuera de esos 54 días "no resulta aplicable" a las donaciones que puedan hacerse a un partido político.
El organismo arbitral precisa igualmente que el concepto de "extranjero" se refiere a toda persona que no ostente la nacionalidad española, aunque los ciudadanos de otros países de la Unión Europea puedan ser candidatos y votantes en las elecciones europeas.