La ministra recuerda que no tiene el mismo alcance que una resolución del Tribunal Europeo de Derechos Humanos
MADRID, 30 Ago. (EUROPA PRESS) -
El Ministerio de Justicia estudiará el dictamen del Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (ONU) en el que se concluye que el Tribunal Supremo vulneró el derecho a la presunción de inocencia y el derecho a la revisión de la condena y la pena del exmagistrado de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón en 2012, cuando le condenó a 11 años de inhabilitación por un delito de prevaricación por ordenar la intervención de los teléfonos de los abogados de los principales acusados en el 'caso Gürtel'.
Así lo ha dicho la ministra de Justicia, Pilar Llop, en declaraciones a la prensa recogidas por Europa Press tras su participación en el encuentro profesional 'La presencia de la psicología en el sistema público educativo, de salud y servicios sociales', celebrado este lunes en Santander, Cantabria, en el marco de los cursos de verano de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo.
Preguntada por el dictamen, Llop ha asegurado que desde el Ministerio procederán a estudiarlo en el plazo de seis meses que tienen para aportar sus declaraciones ante el órgano independiente.
"NO ES COMO UNA RESOLUCIÓN DEL TEDH"
"Vamos a ver cómo podemos dar respuesta", ha señalado tras subrayar que deben evaluar cuáles son los pasos a seguir ya que, según ha recordado, el dictamen del Comité "no es como una resolución del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH)".
La Sala Especial del Tribunal Supremo ya estableció en una sentencia de febrero 2020 que solo las resoluciones de Estrasburgo habilitan la revisión de las sentencias y que por eso un dictamen del órgano independiente de la ONU no es comparable con una sentencia del TEDH.
El exjuez Garzón, en el marco de su estrategia de defensa, recurrió su caso al Tribunal Constitucional y al propio TEDH. Ambos, sin embargo, inadmitieron de plano sus recursos contra la condena por prevaricación que le impuso el Supremo.
EL DICTAMEN DEL COMITÉ
El dictamen del Comité de Derechos Humanos difiere de ambas resoluciones y sostiene que España debe compensar al exjuez por los daños causados, que "tiene la obligación" de "borrar los antecedentes penales" y que debe "adoptar medidas para evitar que se cometan violaciones semejantes en el futuro".
Asegura que Garzón no tuvo "acceso a un tribunal independiente e imparcial en los procesos seguidos en su contra en el marco de los casos Franquismo y Gürtel". E indica que su conducta no constituyó una incompetencia grave que pudiera justificar la condena penal que le llevó a perder su cargo como titular del Juzgado Central de Instrucción Número 5 de la Audiencia Nacional.
España deberá presentar sus "explicaciones o declaraciones escritas" y avisar si ha adoptado medidas sobre el caso en un plazo de seis meses ante el Comité, según lo establecido en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.