BRUSELAS 4 Oct. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha avalado que la Policía acceda a datos de un teléfono móvil sin que esté necesarimante limitado a la lucha contra la delincuencia grave, si bien tiene que contar con la autorización previa de un órgano jurisdiccional o de una autoridad independiente, así como respetar el principio de proporcionalidad.
Según la sentencia del TJUE, consultada por Europa Press, el ciudadano afectado por esta actuación policial deberá ser informado de los motivos de la autorización "tan pronto como la comunicación de dicha información ya no pueda poner en peligro la investigación".
La sentencia se refiere a una actuación de la Policía austriaca en la que se incautó del teléfono móvil del destinatario de un paquete tras comprobar, durante un control en materia de estupefacientes, que dicho paquete contenía 85 gramos de cannabis.
A continuación, intentó en vano desbloquear el teléfono móvil para acceder a los datos contenidos en él, ya que no disponía de la autorización del Ministerio Fiscal ni de un juez, ni documentó sus intentos de desbloqueo ni tampoco informó de ello al interesado.
El ciudadano afectado impugnó ante un órgano jurisdiccional austriaco la incautación de su teléfono móvil y el TJUE precisa que, contrariamente a lo que han alegado algunos gobiernos, la normativa de la Unión no solo se aplica en caso de que se acceda con éxito a los datos personales contenidos en un teléfono móvil, sino también a los intentos de acceder a ellos.
En concreto, considera que limitar el acceso a datos contenidos en el teléfono a la delincuencia grave "limitaría indebidamente las facultades de investigación de las autoridades competentes", por lo que "incrementaría el riesgo de impunidad para las infracciones penales en general y supondría, por tanto, un riesgo para la creación de un espacio de libertad, seguridad y justicia en la Unión".
El TJUE se remite a la legislación nacional de cada país para observar que el control debe garantizar un "justo equilibrio" entre los intereses legítimos vinculados a las necesidades de la investigación en el marco de la lucha contra la delincuencia y, por otra parte, los derechos fundamentales al respeto de la vida privada y a la protección de los datos personales.
Es decir, la Justicia europea hace hincapié en la ponderación de todos los elementos pertinentes del caso para que dicho acceso se supedite a la autorización previa de un órgano jurisdiccional o de una autoridad independiente, "salvo en casos de urgencia debidamente justificados".