Busca facilitar a otros países obtención de pruebas en casos judiciales de dimensión transfronteriza
MADRID, 14 Jul. (EUROPA PRESS) -
El Consejo de Ministros, a propuesta del ministro de Justicia, Rafael Catalá, ha aprobado este viernes el Anteproyecto de Ley que modifica la actual regulación de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea, con el objetivo de regular la Orden Europea de Investigación (OEI) y contribuir a la investigación de delitos de alcance transfronterizo europeo.
Según ha informado el Ministerio este anteproyecto de Ley supone la transposición en nuestro ordenamiento jurídico de la Directiva 2014/41/UE, de 3 de abril, de 2014, relativa a la Orden Europea de Investigación en materia penal, que establece la creación de un instrumento único para los Estados miembros que les permita llevar a cabo medidas de investigación en otro país de la Unión Europea con objeto de obtener pruebas en el marco de un procedimiento judicial.
La transposición de la directiva europea permitirá centralizar la recepción de todas las órdenes a través del Ministerio Fiscal, que realizará un control de legalidad de todas las OEI recibidas y practicará las diligencias oportunas para determinar el órgano judicial en el que habrá de ejecutarse la orden cuando contenga alguna medida limitativa de derechos fundamentales. En caso contrario, será el propio Ministerio Fiscal quien la resuelva.
Este nuevo procedimiento facilitará a las autoridades extranjeras la interlocución con las autoridades españolas, reducirá trámites administrativos y permitirá una gestión más eficiente de los recursos humanos y materiales, según señala la nota difundida por Justicia.
La directiva no estipula una relación tasada de medidas de investigación aplicables, sino que cada estado empleará aquellas que estén recogidas en su propio ordenamiento interno. Se insta a los Estados miembros a que se respete el principio de necesidad y proporcionalidad a la hora de emitir una Orden Europea de Investigación, así como a optar en la ejecución por una medida menos invasora que la indicada por la OEI si permite obtener resultados similares.
Además de la transposición de la directiva, el anteproyecto de Ley realiza mejoras concretas en aspectos de la Ley 23/2014 e introduce tres reformas legales. Modifica la Ley de Enjuiciamiento Civil para ajustar nuestro ordenamiento a la aplicación del Reglamento europeo por el que se establece el procedimiento relativo a la orden europea de rendición de cuentas a fin de simplificar el cobro transfronterizo de deudas en materia civil y mercantil.
Contempla también la adecuación de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita, a la Directiva (UE) 2016/1919, para prever la posibilidad de solicitar, en casos justificados, la sustitución del letrado asignado, así como para poder ejercer el derecho de ser asistido por un abogado en un juicio por delito leve. La tercera modificación tiene por objeto transponer la Directiva (UE) 2015/637 del Consejo, de 20 de abril de 2015, sobre las medidas de coordinación y cooperación para facilitar la protección consular de ciudadanos de la Unión Europea no representados en terceros países.