Actualizado: sábado, 6 mayo 2017 13:34

MADRID 6 May. (EUROPA PRESS) -

Una sentencia de la magistrada del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ávila ha reconocido a un guardia civil su derecho a reducir su jornada laboral y concentrarla en horario de mañana, de 8.30 a 13.30 horas, para poder atender a sus dos hijos menores.

La juez ha estimado el recurso presentado por un agente de la Comandancia de Ávila que había solicitado la reducción de la jornada laboral, impugnando la resolución tomada por el General Jefe de la Zona de Castilla y León en la que se concedía al guardia civil dicha reducción pero se le negaba la posibilidad tener una jornada matinal fija de lunes a viernes para poder "conciliar su vida laboral y familiar".

Al pertenecer su puesto a un Núcleo Operativo, argumenta la magistrada, el agente sí puede disfrutar de un turno fijo de mañana y descansar los fines de semana, según la sentencia facilitada por el equipo jurídico de la Asociación Unificada de Guardias Civiles ha celebrado el fallo judicial que da la razón al agente.

La juez, que ha condenado a pagar las costas del juicio a la Guardia Civil, considera que el hecho de que el puesto forme parte de los Núcleos Operativos --varios puestos ordinarios se unen para poder sacar patrullas en todos los turnos-- permite que el agente pueda tener el horario solicitado porque no supone "ningún perjuicio al servicio".

"UN PASO ADELANTE"

En un comunicado, la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AEGC) ha celebrado el fallo judicial que da la razón al agente: "Esta sentencia es un triunfo para la conciliación de la vida laboral y familiar de los trabajadores de la Guardia Civil", señalan.

Según recalca la Asociación, a pesar de que a los guardias se les reconoce su derecho a disfrutar de la reducción de la jornada laboral, "ésta carece de total sentido porque siguen teniendo que prestar servicio en todos los turnos".

A su juicio, esto es "incompatible" con la conciliación laboral y familiar de los trabajadores de esta Institución. Asimismo, sostiene que es "poco operativo" el despliegue "territorial decimonónico" de la Guardia Civil, al contar con "puestos con apenas diez agentes que sólo pueden dar servicio en horario de oficina como si los delincuentes operaran en un horario fijo".

Para la AEGC, esta sentencia es "un paso adelante" en el reconocimiento de un derecho que tienen todos los trabajadores, incluidos los de la Benemérita. "Sería aún más positivo que fuera la propia Guardia Civil la que directamente adoptara el criterio de la sentencia y no obligara a cada uno de sus trabajadores a tener que ir a un contencioso para poder atender a sus hijos o a sus familiares mayores", subrayan.


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