MADRID, 28 Feb. (EUROPA PRESS) - El expresidente de la Generalitat de Cataluña, Artur Mas, ha señalado este martes en el Tribunal Supremo las diferencias entre la consulta del 9-N convocada por su Gobierno y que fue suspendida por el Tribunal Constitucional y el 'proceso participativo' que se acabó celebrando y que no hubiera sido posible sin los 42.000 voluntarios y los 942 ayuntamientos catalanes que participaron en el mismo. Mas se ha explicado de este modo durante su declaración como testigo en el juicio que se sigue contra el exconseller de Presidencia y actual diputado del PDeCat Francesc Homs, para quien la Fiscalía pide nueve años de inhabilitación especial para el ejercicio de cargos públicos electivos por delitos de prevaricación y desobediencia al organizar la consulta, que había sido suspendida por el Tribunal Constitucional (TC). La única similitud entre dicha convocatoria y el proceso participativo, según ha explicado, es que ninguna de las dos tenía consecuencias jurídicas, "aunque evidentemente sí consecuencias políticas". A partir de ahí todo lo demás eran diferencias entre una convocatoria y otra, según ha explicado el expresident, que ha añadido que desde un punto de vista político las dos perseguían la finalidad de conocer cuál era la opinión de la gente. A preguntas de la defensa de Homs, Mas ha denunciado que el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, respondió con "desprecio y burla en términos despectivos" al conocer la suspensión de la convocatoria inicial en septiembre de 2014. Antes de que comenzara a hablar, el presidente del tribunal Manuel Marchena ha advertido a Mas que aunque venía como testigo, y dado que ha sido juzgado por los mismos hechos por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) estaba eximido de prestar juramento y podía evitar contestar a las preguntas que considerara que podían perjudicarle en su estrategia de defensa. Mas ha comparecido como testigo de la defensa, que ejerce la abogada Eva Labarta. El fiscal Jaime Moreno, por tu parte, ha rechazado preguntarle "por su respeto a su situación procesal" por lo que su intervención en este juicio ha durado apenas 22 minutos. El expresident de la Generalitat ha hecho un recorrido por las fechas clave de la deriva soberanista recordando con especial hincapié en que, en relación a la consulta, tan solo recibieron un correo electrónico del TC dirigido a él mismo y en el que se invocaba la aplicación del artículo anteriormente citado. Mas, que ha sido juzgado recientemente por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) también por la organización de la consulta del 9-N, ha mostrado su sorpresa de que la providencia del TC recibida al día siguiente por correo ordinario fuera la única notificación que les llegó en el plazo de un mes pese a conocer su intención de poner en marcha el proceso participativo. "Nadie nos requirió nada en más de un mes de tiempo", ha asegurado. Mas también ha denunciado que el Ejecutivo popular actuó con "claro abuso de poder" al invocar al artículo 161.2 del Código Penal sobre la suspensión de leyes autonómicas en el recurso interpuesto ante el Tribunal Constitucional y que fue admitido a trámite por unanimidad del Pleno del alto tribunal. "Nosotros reaccionamos ante la providencia y acordamos presentar un recurso delante del Tribunal Supremo porque entendíamos que el Gobierno había hecho un claro abuso de poder al invocar al artículo ese que le permite suspender cualquier norma. Además formulamos recurso de súplica ante el Constitucional para que nos aclararan qué es lo que había que suspender", ha expuesto ante el tribunal. En relación a los antecedentes de la consulta, el expresidente de Cataluña ha asegurado que el Parlament catalán hizo un primer intento "de entenderse con el Estado español" al tratar de negociar los términos de la consulta con la intervención de tres de sus diputados en el Congreso. "No se tomaron decisiones unilaterales, el pacto fue desoído y a partir de ahí se empezó a crear un marco legal para promover una consulta", basada, según ha explicado, en el respaldo popular al derecho a opinar.