Los cinco primeros ediles citados en los oficios son del PDeCAT
MADRID, 15 Sep. (EUROPA PRESS) -
El fiscal general del Estado, José Manuel Maza, ha dictado sendos oficios en los que ordena al Fiscal Superior de Cataluña y al fiscal jefe de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo realizar las primeras citaciones a los alcaldes que han anunciado que colaborarán con el referéndum del próximo 1 de octubre y que tienen condición de aforados. Cuatro de ellos son diputados autonómicos y otro es diputado en el Congreso.
Así, se citarán ante Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) como investigados, asistidos de abogados, los primeros ediles de Mollerussa (LLeida) Marc Solsona; Seo de Urgell (Lleida) Albert Batalla; Valls (Tarragona) Albert Batet; Villanova i la Geltú (Barcelona) Neus LLoveras); y ante la Fiscalía del Supremo el alcalde de Tortosa (Tarragona) Ferrán Bel, que es diputado nacional. Todos ellos pertenecen al PDeCAT.
En relación con todos ellos, el oficio señala que debn incoarse diligencias de investigación para esclarecer, en relación con todos los ayuntamientos citados, si están "cooperando en la organización del referéndum ilegal". Ordena en este sentido que los aforados sean citados ante la Fiscalía que corresponda.
El resto de los oficios reproducen lo señalado el pasado miércoles en relación con otros alcaldes no aforados, aunque en el caso de estos últimos advertía expresamente de que en el caso de que no comparezcan cuando sean citados por los fiscales territoriales se ordenaría a los Mossos que lleven a cabo su detención. Los oficios relativos a aforados no advierten de detenciones.
Los escritos del fiscal general se refieren a la web de la Asociación de Municipios por la Independencia y al hecho de que, paralelamente, el Govern continúe con los preparativos del "referéndum ilegal".
En este punto cita la carta firmada por el presidente y el vicepresidente de la Generalitat, Carles Puigdemont y Oriol Junqueras, "querellados por estos hechos en otro procedimiento ante el Tribunal de Justicia de Cataluña.
Para Maza, la notoriedad de la prohibición de "los actos de organización del ilegal referéndum de autodeterminación" hace que cualquier conducta de las autoridades, funcionarios públicos o de particulares en connivencia con los anteriores dirigida a tal fin sea indiciariamente constitutiva de "al menos" los delitos de desobediencia y prevaricación "en cuanto supondría la adopción de resoluciones abiertamente contrarias al ordenamiento jurídico", ambos penados con multa e inhabilitación especial, y también del de malversación de fondos públicos.