Abogan por no reformar la ley del 'sólo sí es sí' de momento y dar tiempo a los tribunales a establecer criterios ante interpretaciones
MADRID, 17 Nov. (EUROPA PRESS) -
La Asociación de Mujeres Juezas de España (AMJE) ha pedido contención al Ejecutivo por las declaraciones vertidas por la ministra de Igualdad, Irene Montero, contra los jueces, y advierte de que no deben precipitarse "culpando a los jueces y juezas" por las revisiones de condena a agresores sexuales tras la entrada en vigor de la Ley Orgánica de Garantía de la Libertad Sexual, conocida como la ley del 'sólo sí es sí'.
En un comunicado, recogido por Europa Press, advierten de que era esperable que se dieran revisiones a la baja de condenas con la modificación del Código Penal y que, de hecho, "forma parte de la normalidad democrática".
Por eso, insisten en hacer un llamamiento a la calma ante la polémica suscitada con algunas resoluciones judiciales y trasladan a la opinión pública que "la reforma de los delitos sexuales ha colmado la necesidad de aplicar la perspectiva de género en una materia tan sensible como ésta", dotando a la sociedad "de un sistema racional y moderno que pone el foco en la protección de la víctima".
A juicio de la AMJE es de suma importancia que se conozca que cuando se produce cualquier reforma penal que afecta a la descripción de las conductas prohibidas y al castigo aplicable, "es esperable que se produzcan revisiones de condena cuando, en el supuesto concreto, pueda resultar más favorable al reo que la regulación anterior".
No obstante, advierten de que desde esta asociación ya manifestaron que el propósito de la misma "no debía ser el agravamiento de las penas máximas, que ya eran muy elevadas" sino dotar al Estado "de una regulación más acorde con la realidad social actual que se vertebrara "sobre la ausencia de consentimiento y que, a partir de ahí, estableciera castigos proporcionados a la gravedad de las distintas conductas atentatorias contra la libertad sexual".
CONFIAR EN LOS TRIBUNALES
Por otro lado, indican que es más adecuado a la realidad actual establecer una regulación específica --como así ocurre con la nueva ley-- cuando la víctima sea menor de 16 años porque se presume ausencia de consentimiento. Apuntan que no es necesario mantener una categoría cuando la víctima sea mayor de 16 y menor de 18 años "pues en estos supuestos es suficiente con aplicar agravaciones tales como el abuso por parte del agresor de una situación de superioridad".
Por último, desde AMJE invitan al Ejecutivo a que, ante la polémica suscitada, se dé tiempo a los juzgados y tribunales para que vayan resolviendo los casos planteados y estableciendo criterios unitarios de aplicación en aquellos aspectos que puedan dar lugar a distintas interpretaciones, también en el caso de las revisiones.
"Es importante que mantengamos la confianza en la actividad de nuestros tribunales y los dejemos desempeñar su labor. No es razonable instar la reforma de una ley que aún no ha tenido un mínimo recorrido práctico", aseveran.