La Infanta Cristina/ Europa Press
LA INFANTA CRISTINA/ EUROPA PRESS

PALMA DE MALLORCA 17 Feb. (EUROPA PRESS) -

Ni la Infanta Cristina de Borbón ni la mujer de Diego Torres, Ana María Tejeiro, conocían los ilícitos penales de delito fiscal y malversación del entramado de Nóos y por lo tanto no participaron en su ejecución, según considera probado la sentencia del caso publicada este viernes.

No obstante, el tribunal colegiado sí indica que el dinero ingresado en las cuentas titularidad de Aizoon SL (la sociedad constituida al 50% entre Urdangarin y la Infanta) y de las entidades del entramado Nóos se incorporó al patrimonio de ambas esposas, puesto que fue ingresado en cuentas corrientes de las que gozaban de plena disponibilidad.

Estas cantidades habían sido malversadas, ocultadas y sustraídas a la correspondiente tributación, integradas en el reparto de beneficios acordado por ambos socios.

La exposición de hechos probados respecto a la participación a título lucrativo también señala que la Infanta, a través de la tarjeta de su titularidad asociada a las cuentas corrientes de Aizoon, cargó gastos familiares por unos 265.000 euros.

La sentencia del caso Nóos también recuerda que la Infanta Cristina consignó en diciembre de 2014 un total de 587.413 euros en concepto de responsabilidad civil.

Paralelamente, Ana María Tejeiro disfrutó de los rendimientos que en distintos traspasos y movimientos bancarios acabaron remansados en las cuentas particulares de su matrimonio, en este caso en gastos con cuantía de casi 345.000 euros.

En el fallo judicial, la Infanta Cristina ha resultado absuelta de los delitos de cooperación necesaria en el fraude fiscal cometido por su marido Iñaki Urdangarin en el caso Nóos y sólo deberá responder, en calidad de responsable civil a título lucrativo, conjunta y solidariamente con el exduque, respecto de la responsabilidad civil de este último, hasta la cuantía de 265.088,42 euros.

Por su parte, Ana María Tejeiro Losada, en calidad de responsable civil a título lucrativo, responderá, conjunta y solidariamente con Diego Torres, respecto de la responsabilidad civil de este último, hasta la cuantía de 344,934,31 euros.

El texto señala que Urdangarin y la Infanta Cristina presentaron en 2012 una declaración tributaria especial sobre bienes en el extranjero, relacionada con un depósito del que ambos eran cotitulares, que si bien el 31 de diciembre arrojaba un saldo de unos 53.000 euros, el saldo medio en el último trimestre era de más de 92.000.

Por su parte, Diego Torres realizó dos regularizaciones relacionadas con movimientos de una cuenta en Andorra, 147.800 euros mediante declaración complementaria de IRPF e IVA que no llegaron a ser abonados y otros ingresos en efectivo en concepto de dietas. Asimismo, en 2012 presentó una declaración tributaria sobre bienes en el extranjero del depósito del que era titular con su esposa, que arrojaba saldo al cierre de diciembre de 936.170 euros; de ellos, una parte fue declarada por Ana María Tejeiro.

Según el relato de hechos probados, Diego Torres quiso ocultar en 2006 la cuota defraudada a Hacienda y reincorporarla al tráfico legal por lo que encomendó a Miguel Tejeiro la puesta en marcha de una estructura societaria internacional.

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