Detectó incumplimientos puntuales de la LOREG en Ciudadanos, PSC, Podemos y sus confluencias
MADRID, 11 Jun. (EUROPA PRESS) -
El presidente del Tribunal de Cuentas, Ramón Álvarez de Miranda, comparece este lunes en el Congreso para explicar los informes de fiscalización llevados a cabo por la institución sobre las elecciones generales de diciembre de 2015 y junio de 2016, que concluyen que los partidos gastaron un total de 102,77 millones de euros en estos comicios.
En concreto, para la primera convocatoria, el informe, recogido por Europa Press, señala que las formaciones políticas declararon recursos por un total de 57,74 millones de euros, de los que un 58,7% procedía de endeudamiento bancario, un 28% de adelantos de subvenciones electorales, un 12,8% de aportaciones de la propia formación política y el resto de aportaciones privadas.
Los gastos regulares justificados por el Tribunal de Cuentas, tras efectuarse las correspondientes comprobaciones y ajustes, se cuantifican en 55,36 millones de euros, de los que el 65,4% corresponde a operaciones electorales ordinarias y el 34,6% al envío de propaganda electoral. Ningún partido rebasó su tope de gasto en las generales de diciembre, aunque algunos sí imputaron gastos electorales que no lo eran o consignaron otros que no han sido debidamente justificados.
SÓLO SE AHORRÓ UN 28%
Respecto a las generales de junio de 2016, los partidos destinaron 45,03 millones de euros a la campaña, tan sólo un 28% menos que en las comicios de diciembre, pese a que, dado que se trataba de una repetición de elecciones por no haber sido capaces de elegir gobierno, las formaciones celebraron una serie de reuniones buscando acordar medidas para tratar de ahorrar dinero al erario público.
En concreto, los partidos políticos con representación parlamentaria declararon recursos por un total de 45.030.168,16 euros, de los que la mitad corresponden a créditos con entidades financieras (22,88 millones). Del resto del dinero, un 32,9% salió de adelantos de subvenciones electorales (14,82 millones), un 16,2% de aportaciones de la propia formación política (7,30 millones) y los 11,73 millones de euros procedían de aportaciones privadas.
Los gastos electorales considerados justificados por el Tribunal de Cuentas, tras efectuarse las correspondientes comprobaciones y ajustes, se cuantifican en 44,31 millones de euros, de los que el 58,4% corresponde a operaciones electorales ordinarias (25,85 millones) y el 41,6% al envío de propaganda electoral (18,45 millones). Por contra, el Tribunal de Cuentas ha determinado que 114.205,45 euros utilizados por los partidos en la campaña no tienen naturaleza electoral y, por tanto, no son subvencionables.
Aunque ningún partido superó el techo de gasto fijado para esas elecciones, hubo una formación política que rebasó el límite de
gastos de publicidad exterior en 1.386,37 euros, lo que supone un exceso del 90,14% sobre dicho límite. Se trata de la Agrupación Socialista Gomera (ASG) del presidente del Cabildo insular, Casimiro Curbelo, que fue senador del PSOE hasta que protagonizó un altercado en un club de Madrid.
DEFICIENCIAS
El Tribunal de Cuentas detectó también que en tres formaciones políticas (Ciudadanos, En Comú y el PSC) hubo fondos no ingresados en las cuentas electorales (por importe conjunto de 40.470,62 euros), y en seis partidos (Ciudadanos, Compromís, En Comú, En Marea, ERC y PSC) se abonaron gastos a través de cuentas no electorales (por importe conjunto de 46.444,03 euros).
En ambos casos se produce un incumplimiento de la Ley Electoral (LOREG), que establece que todos los fondos destinados a sufragar los gastos electorales deben ingresarse en las cuentas electorales y los gastos deben pagarse con cargo a las mismas. Eso sí, todos estos partidos habían declarado dichos gastos en la contabilidad presentada al Tribunal.
Otra deficiencia detectada es que seis formaciones políticas (Ciudadanos, CC, Compromís, CDC, En Marea y UPN) realizaron pagos, por un importe conjunto de 304.774,77 euros, fuera de los 90 días posteriores a la jornada electoral, lo que supone otro incumplimiento de la LOREG.
Y otros cuatro partidos (Compromís, CDC, PSC y Unidos Podemos) mantenían deuda con proveedores o acreedores una vez superado el límite temporal para disponer de los saldos de las cuentas corrientes electorales por un importe acumulado de 901.161,39 euros.
FACEBOOK NO INFORMA AL TRIBUNAL
Por último, el Tribunal de Cuentas señaló a tres empresas, entre ellas Facebook, que no han cumplido su obligación de comunicar contratos con partidos de más de 10.000 euros. En total, el saldo no informado fue de 81.014,05 euros.
Entre sus recomendaciones, a institución que preside Ramón Álvarez de Miranda aconseja replantearse el envío de papeletas y sobres electorales a los ciudadanos, pues considera que ya está asegurado que esos materiales van a estar disponibles en todos los colegios la jornada de votación. El tribunal aboga por nuevas fórmulas que permitan ahorrar dinero al Estado y que garanticen que la subvención sea finalista y se pague por sobre enviado y no por elector, como hasta ahora.
Asimismo, recomienda vincular el límite máximo de gastos electorales con el número de electores, colectivo al que se dirige la actividad electoral de las formaciones políticas, más que con el número de habitantes correspondientes a las poblaciones de derecho de las circunscripciones donde presente su candidatura cada formación política.
Sobre los límites en publicidad exterior y anuncios en prensa y radio de titularidad privada, la instituciones sugiere adaptarlos a los nuevos soportes de publicidad existentes como consecuencia de la introducción de las Nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación, entre los que cabe señalar la publicidad en prensa digital y otros usos en internet.
Por último, propone que todas las donaciones privadas que reciba un partido tras convocarse las elecciones se consideren destinadas a financiar el proceso electoral y que, por tanto, se sometan a los requisitos previstos en la LOREG y se abonen en las cuentas bancarias abiertas al efecto a que se refiere el artículo 124 de esta Ley.