El PSOE intenta por segunda vez que la Audiencia Nacional procese a Esperanza Aguirre e Ignacio González por 'Púnica'

Archivo - La expresidenta regional, Esperanza Aguirre, y el ex presidente de la Comunidad de Madrid, Ignacio González
Archivo - La expresidenta regional, Esperanza Aguirre, y el ex presidente de la Comunidad de Madrid, Ignacio González - PP MADRID - Archivo
Publicado: martes, 9 mayo 2023 13:19

Acusa al juez de responder a su recurso "sin la más mínima argumentación", y pide que se tengan en cuenta los delitos de 2007 y 2008

MADRID, 9 May. (EUROPA PRESS) -

El PSOE ha recurrido ante la Audiencia Nacional la decisión del juez de 'Púnica' de no atender su petición de que se replantee la decisión de no procesar a la expresidenta de la Comunidad de Madrid Esperanza Aguirre y a su sucesor Ignacio González en el marco de la investigación sobre la presunta 'caja b' del PP madrileño con la que se habrían financiado parcialmente las elecciones de 2007, 2008 y 2011.

En el escrito de la Asociación de Abogados Demócratas por Europa (ADADE), bajo cuyo paraguas actúa la formación política, se interesa la revocación del sobreseimiento para un total de 61 personas, entre las que también incluye a los exconsejeros 'populares' Manuel Lamela, Salvador Victoria o Juan José Güemes, a los empresarios Juan Miguel Villar Mir y Francisco Javier López Madrid, y al PP, al que quiere que se le tenga como responsable civil subsidiario.

Al hilo, critica duramente al juez instructor, Manuel García Castellón, al que acusa de haber respondido tarde y "sin la más mínima argumentación" al recurso que presentó contra su decisión de exonerar a Aguirre.

"De su mera lectura resulta evidente que carece de la más mínima argumentación para desestimar los argumentos que exponemos en el mismo, lo que es de apreciar sólo al peso", señala en el escrito de más de 230 páginas al que ha tenido acceso Europa Press.

ADADE se queja además de que el magistrado, titular del Juzgado Central de Instrucción número 6, hace mención en su resolución, por la que rechaza la pretensión del PSOE, a autos de la Sala de lo Penal que no tienen que ver con lo que ellos ponen en cuestión.

En concreto se refiere a la decisión de archivar la causa para todos los delitos previos a 2011 y por tanto para los investigados que en ellos habrían participado. Decisión que vuelve a recurrir indicando que la Sala en ningún momento se ha pronunciando sobre el particular.

Añade a esto que la lentitud del Juzgado en resolver el recurso de reforma "conculca" su derecho reconocido no sólo en la legislación nacional sino también en la europea a una segunda instancia. Y adelanta que ese extremo será objeto de futuros recursos.

GRANADOS EN LA CÚSPIDE, PARA EL JUEZ

Cabe recordar que en octubre de 2022 García Castellón acordó levantar las imputaciones que pesaban sobre Aguirre y González por esa presunta existencia de una 'caja b',si bien sí que procesó al ex consejero Francisco Granados.

Desde 2014, la AN investigaba esta pieza separada 9 sobre la presunta financiación ilegal del PP de Madrid en las autonómicas de 2007 y 2011 y las generales de 2008, así como los contratos adjudicados por la administración madrileña y, en concreto, los contratos de reputación 'online' para posicionar a altos cargos del PP en redes sociales.

García Castellón indicaba en su auto que los hechos relativos a los comicios de 2007 y 2008 estarían prescritos, pero en cambio ve indicios de delito en los de 2011, precisando que, aunque la cuenta electoral registró unos costes de 2,9 millones de euros --los declarados ante la Cámara de Cuentas--, los gastos totales que para el PP de Madrid supusieron las elecciones municipales y autonómicas ascendieron a 6,8 millones.

Por ello, el juez acordó procesar a ocho personas: Granados y el ex gerente del PP de Madrid Beltrán Gutiérrez, como máximos responsables de la presunta trama, así como a Alejandro de Pedro, Borja Sarasola, Diego Mora, Francisco Lobo, Isabel Gallego, José Martínez Nicolás y las empresas EICO Reputación Management y Madiva Editorial y Publicidad.

García Castellón apuntaba a posibles delitos electorales, de prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos, fraude en la contratación, tráfico de influencias, falsificación y cohecho.

Así, en ese mismo auto, el juez decidió archivar para los otros 71 imputados, entre ellos Aguirre, González, Lamela, Lucía Figar, Salvador Victoria, Juan José Güemes, Juan Miguel Villar Mir y Javier López Madrid.

"LA PRINCIPAL BENEFICIARIA"

Para el PSOE resulta llamativo que se archive para Aguirre cuando esta "era la principal beneficiaria de toda la actividad desarrollada por esta trama de financiación del PP". Y recuerdan que, según el Ministerio Fiscal, "era la única competente para nombrar a tanto sospechoso", y que tal y como dijo otro investigado --Horacio Mercado-- ella no hablaba de dinero pero participaba "muy activamente en las reuniones de estrategia".

Recuerdan que existe el principio de que nadie debe beneficiarse del delito y que para eso está la figura del partícipe a título lucrativo, "que va como anillo al dedo a la versión fabulada por el Ministerio Fiscal y asumida por el auto de que Esperanza Aguirre no se enteraba de nada".

"La realidad era que se malversaba dinero a espuertas a fin de mejorar la imagen por todos los medios posibles de la candidata recurrente a las elecciones de la Comunidad de Madrid", recuerda.

ADADE recuerda también la declaración de Aguirre ante el juez, se queja de que sólo haya sido llamada una vez, y apunta que en ella señaló que no se ocupaba de cómo se pagaban las cosas.

"Lejos de invitar a su sobreseimiento, deberían de llevarle directamente a la condena, pues ella era en aquel momento la máxima responsable del uso del dinero público del que disponía la Comunidad de Madrid y estaría entonces desde 2003 hasta 2012 que abandona el cargo, haciendo dejación de sus obligaciones", asevera.

EL DELITO DE FINANCIACIÓN IRREGULAR

Por otro lado, rebate la tesis del Ministerio Fiscal, asumida por el juez, de que puesto que el delito de financiación irregular de los partidos políticos no existía al tiempo de los comicios electorales de 2007 y 2008, todo lo anterior a 2011 estaría prescrito.

Señala que "desde tiempo inmemorial están regulados los delitos de malversación, de prevaricación y de falsedad documental, que se rigen por sus propias normas de prescripción y no por la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG).

Cabe recordar que el juez señaló sobre Aguirre que no podía considerarse acreditada su participación en los hechos delictivos pues no se habían evidenciado indicios que permitieran afirmar "que era conocedora de los mismos".

En concreto, aludía a una conversación entre Aguirre y González de la que decía que cabría deducir que la ex presidenta madrileña "podía sospechar o intuir que se había sobrepasado el límite del gasto electoral", pero al mismo tiempo consideraba que esa charla también revelaba "que no tenía conocimiento de cómo había sucedido".

García Castellón dejaba claro que, "aunque lo anterior podría plantear si (Aguirre) se situó en lo que se denomina ignorancia deliberada", "tal cuestión, considerando la ausencia de indicios, resulta insuficiente para sostener una acusación" contra la ex dirigente 'popular'.