Lo que puede y lo que no puede hacer un militar

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EUROPA PRESS
Actualizado: miércoles, 6 octubre 2021 13:27

MADRID, 5 Ago. (EDIZIONES)

La Asociación Unificada de Militares Españoles (AUME) ha anunciado este jueves que prevé convocar una concentración en defensa de los miles de soldados y marineros que en los próximos años se verán obligados a abandonar las Fuerzas Armadas por haber cumplido 45 años.

A la espera de que la AUME tome una decisión sobre si convocará finalmente la manifestación o no, la Ley Orgánica de Derechos y Deberes de las Fuerzas Armadas establece que un militar no puede ni organizar ni participar en manifestaciones de carácter político o sindical.

A continuación repasamos lo que pueden y no pueden hacer los miembros de las Fuerzas Armadas, según esta ley.

LO QUE PUEDEN HACER

- Desplazarse: un militar puede desplazarse libremente por el país y por el extranjero.

- Votar: tienen derecho al sufragio activo y lo pueden ejercer de acuerdo con lo establecido en la legislación sobre régimen electoral general. Las autoridades competentes deben poner los medios necesarios para facilitar el voto de los militares que se encuentren en cualquier destino y misión.

- Crear asociaciones: Pueden crearlas y asociarse libremente para la consecución de fines lícitos.

- Reunirse: las unidades pueden celebrar reuniones siempre que estén autorizadas por su jefe, que podrá denegarles el permiso.

- Derecho de petición: el militar lo puede ejercer individualmente. Además, también puede plantear iniciativas y quejas relativas al régimen de personal y las condiciones de vida "haciéndolo de buen modo", verbalmente o por escrito.

- Recibir asistencia jurídica: tienen derecho a asistencia jurídica en las actuaciones judiciales que se dirijan contra ellos y podrán ser representados y defendidos en un juicio por el Abogado del Estado

- Recibir asistencia sanitaria: un militar podrá tener protección social, donde se incluye la asistencia sanitaria cubierta por el Instituto Social de las Fuerzas Armadas. Esta asistencia también la recibirán militares retirados o aquellos que tengan una pensión de inutilidad o invalidez.

- Tener vacaciones: los militares pueden disfrutar de permisos y vacaciones.

LO QUE NO PUEDEN HACER

- Manifestarse: la ley prohíbe que un militar organice y participe en reuniones o manifestaciones de carácter político o sindical vistiendo el uniforme o haciendo uso de su condición militar.

- Actividad política: un miembro de las Fuerzas Armadas debe mantener la neutralidad política según la Ley, y no podrá fundar ni afiliarse a partidos políticos.

- Actividad sindical: un militar tampoco puede ejercer el derecho de sindicación y por tanto tiene prohibido fundar un sindicato, afiliarse a uno o realizar actividades sindicales.

- Libertad de expresión: aunque el militar tiene derecho a la libertad de expresión y de recibir información, no puede pronunciarse públicamente ni efectuar propaganda a favor o en contra de partidos políticos, sindicatos o candidatos a elecciones.

- Difundir información: no está permitido difundir información obtenida o hacer uso de ella para beneficio propio o de terceros o en perjuicio del interés público, especialmente el de las Fuerzas Armadas, y por tanto la Ley le ordena 'guardar discreción' sobre hechos no clasificados de los que tenga conocimiento por el cargo que ha ocupado.

- No utilizar el uniforme: los militares deben ir vestidos con el uniforme durante el servicio. Aquellos que se encuentren en situaciones administrativas en las que tengan su condición militar suspendida solo podrán llevarlo en actos militares y sociales.

- Asociaciones de carácter lucrativo: los miembros de las Fuerzas Armadas no tienen permitida la creación de asociaciones profesionales de carácter lucrativo.

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