MADRID, 13 Ene. (EUROPA PRESS) -
El ex presidente catalán Carles Puigdemont recurrirá el auto dictado el jueves por el instructor del 'procés', Pablo Llarena, que ajusta su procesamiento a la reforma penal manteniéndolo por malversación pero reemplazando el derogado delito de sedición por el de desobediencia, según han informado fuentes de su entorno a Europa Press.
Se trata del auto con el que el magistrado del Tribunal Supremo (TS) adaptó el procesamiento de Puigdemont y los demás prófugos del 'procés' a la reforma penal que entró en vigor el mismo jueves, por la que se eliminó el delito de sedición y se modificó el de malversación.
En el caso del ex president, sustituyó el delito de sedición --penado con entre 10 y 15 años de cárcel e inhabilitación-- por uno de desobediencia --castigado con multa de 3 a 12 meses e inhabilitación de 6 meses a 2 años--, al considerar que los hechos perseguidos no encajan en el delito de desórdenes públicos.
Llarena descartó que se le pueda procesar por el nuevo delito de desórdenes públicos agravados, creado con esta reforma penal, ya que no existía cuando tuvo lugar el 'procés'.
Tampoco vio posible que se les juzgue por el delito de desórdenes públicos que estaba vigente en 2017. Sobre esto, explicó que entonces se sancionaban "exclusivamente" a "los inductores o alborotadores que directamente incitaran a alterar la paz pública con actos de violencia sobre las personas o sobre las cosas".
Y para el magistrado esto no es aplicable al 'procés' porque los encausados "desplegaron e impulsaron una desobediencia civil y una insurrección institucional orientada a alterar el orden constitucional sin ninguna llamada a la violencia".
Además, mantuvo el procesamiento por el delito de malversación, pero en su versión agravada, la que se mantiene pese a la reforma penal. Se trata del artículo 432.2 del Código Penal, castigado con entre 4 y 8 años de cárcel pero que pueden llegar hasta 12 años de prisión "si el valor del perjuicio causado o del patrimonio público apropiado excediere de 250.000 euros". En todo caso, impone una pena de inhabilitación de entre 10 y a 20 años.
LA ANTIGUA MALVERSACIÓN
Llarena indicó que "la única diferencia" con la nueva redacción es que "la vieja acción de sustraer" se sustituye por el verbo apropiarse, siendo "idéntica en el resto de exigencias", sin que estos verbos presenten "un significado sustantivamente diferente del comportamiento que se busca reprimir".
El instructor puso el foco en la otra novedad que añade la redacción actual, que incluye expresamente el "ánimo de lucro". Llarena razonó, apoyándose en la propia jurisprudencia del Supremo, que puede entenderse que lo hay cuando "se dispone de los bienes públicos como propios y se apartan de su destino para la obtención de un beneficio particular".
Asimismo, descartó que sean aplicables los nuevos tipos de malversación atenuada por cuanto cree que ésta es "únicamente apreciable" si se dispone temporalmente del bien "con intención de devolverlo posteriormente", algo que según él "no parece apreciarse" en el caso de Puigdemont.
En cuanto a las órdenes de detención dictadas contra Puigdemont, dejó sin efecto la euroorden, a la espera de que Europa se pronuncie sobre el alcance de la misma y de su inmunidad europarlamentaria, pero mantuvo la orden de busca y captura nacional contra el ex president.
Puigdemont aseguró el jueves por la noche que luchará para poder volver en libertad y que no lo hará "ni esposado ni rendido ante un juez español para que sea indulgente", en alusión implícita al magistrado Pablo Llarena.