MADRID, 11 Oct. (EUROPA PRESS) -
El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, comparecerá a las 12.00 horas en el Palacio de la Moncloa para informar de los acuerdos que se han alcanzado en el Consejo de Ministros extraordinario celebrado esta mañana para dar respuesta a la situación abierta en Cataluña.
Rajoy ha estado negociando con PSOE y Ciudadanos para recabar el "máximo consenso" ante los pasos que se van dar tras la sesión plenaria que se celebró este martes en el Parlamento de Cataluña, en la que el presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, asumió el "mandato del pueblo" para que Cataluña se convierta en un estado independiente para después proponer suspender los efectos de la declaración de independencia.
Así, el jefe del Ejecutivo se reunió anoche en el Palacio de la Moncloa con el secretario general del PSOE, Pedro Sánchez, y esta mañana ha conversado por teléfono con el presidente de Ciudadanos, Albert Rivera, que viene reclamando desde hace varias semanas la aplicación del artículo 155 para convocar elecciones en Cataluña.
¿ACTIVACIÓN DEL ARTÍCULO 155?
De hecho, una de las opciones que está encima de la mesa es la activación del artículo 155 de la Constitución, que señala que el Gobierno, previo requerimiento al presidente de la comunidad y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, "podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquella al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general".
Ese artículo no establece plazos para el procedimiento. Indica que el primer paso es que el Gobierno haga un requerimiento a Carles Puigdemont para que cumpla con sus obligaciones constitucionales y el interés general, requerimiento que desde el Ejecutivo se ha apuntado estos días que se aprobaría en Consejo de Ministros. La Constitución no impone plazos para que el presidente requerido responda, pero podría ser cuestión de horas.
Si Puigdemont no atiende lo que se le exige o no responde, es cuando el Ejecutivo puede recurrir al Senado para obtener su autorización para aplicar medidas. El 155 no apunta cuáles tienen que ser; añade únicamente que el Ejecutivo podrá "dar instrucciones a todas las autoridades de las comunidades autónomas" para ejecutarlas.