La Audiencia asumió jurisprudencia del TEDH y el Supremo donde defiende que "el discurso del odio no está amparado por la libertad de expresión"
MADRID, 16 May. (EUROPA PRESS) -
El rapero Pablo Hasel o el joven que insultó gravemente en twitter a la Delegada del Gobierno de Madrid, Cristina Cifuentes, ya fueron condenados por sus comentarios ofensivos difundidos en las redes sociales. La Audiencia Nacional impuso dos años de cárcel al primero por enaltecer el terrorismo en sus canciones publicadas en youtube, mientras al segundo un juzgado de Madrid le impuso 1.300 euros de multa --tras un acuerdo entre las partes-- por decir en twitter: "calla puta que no tienes dignidad".
En la sentencia contra Pablo Hasel, la Audiencia Nacional se hacía eco de jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo (TEDH), el Tribunal Constitucional y el Tribunal Supremo en la que, según la sentencia, "late de una manera patente, que el discurso del odio no está amparado por la libertad de expresión en un Estado democrático". El tribunal comunitario sostiene que "al tratarse de la formulación de pensamientos, ideas y opiniones, su argumento viene delimitado porque no haya expresiones indudablemente injuriosas".
Por su parte, el Tribunal Supremo establece que, "para restringir los derechos de libertad ideológica y libertad de expresión requiere una justificación que solo podría ser hallada cuando colisione con unos bienes jurídicos defendibles que se revelen acreedores de una mayor protección, según la doctrina seguida por el Tribunal Constitucional".
De este modo, precisa el Alto Tribunal que la libertad de expresión "no se encontrará bajo protección constitucional" cuando consista en actos que "en el desarrollo de ciertas ideologías, vulneren otros derechos fundamentales con la difusión de ideas violentas sustentadas en la religión que invitan indirectamente a la comisión de delitos de terrorismo, lo que implica un riesgo de lesión de bienes jurídicos de capital importancia, como son la vida, la integridad física, la seguridad o la libertad".
LAS VARIANTES PARA CASTIGAR ESTAS CONDUCTAS
En sus canciones, Pablo Hasel usaba expresiones como: "no me da pena tu tiro en la nuca, 'pepero'. Me da pena el que muere en una patera. No me da pena tu tiro en la nuca, 'socialisto'. Me da pena el que muere en un andamio". En otra centraba sus iras en políticos concretos: "Siempre hay algún indigente despierto con quien comentar que se debe matar a Aznar", "¡Que alguien clave un piolet en la cabeza a José Bono!" o "¡Merece que explote el coche de Patxi López!".
En virtud de los mismos principios, la Guardia Civil llevó a cabo la denominada 'operación araña' en la que fueron detenidas una veintena de personas acusadas de enaltecer el terrorismo con comentarios como "el próximo 13 de mayo sería el cumpleaños de Miguel Ángel Blanco, pero oooh ETA le metió dos tiros en la chola" o "lástima que ya no haya ETA para que seas la nueva Irene Villa".
No obstante, la legislación contempla distintas variantes para perseguir este tipo de conductas. Cristina Cifuentes pidió cuatro años de cárcel para su agresor al que acusaba de un delito de amenazas en concepto de inductor y otro contra la integridad moral en concepto de autor e inductor.
En concreto, lo que estudian los ministerios de Interior y Justicia no es la introducción de nuevos delitos o endurecer penas en el Código Penal, sino que en su articulado se recoja la potencialidad que tienen estas redes sociales y formas de comunicación social a la hora de cometer estos delitos, según han explicado a Europa Press fuentes ministeriales.
IMPUTADOS POR CARRASCO CON ARTÍCULOS SOBRE TERRORISMO
Desde que el ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, anunció que había dado órdenes a la Policía de investigar los comentarios ofensivos contra la asesinada Isabel Carrasco han sido imputadas dos personas. La última es un joven de 19 años de Jerez de la Frontera que se mofó del asesinato de la presidenta de la Diputación de León y llamó al asesinato de más políticos. Grabó una canción elogiando "la puntería" de la asesina de Carrasco y pedía bombas contra políticos
Según informaron a Europa Press fuentes policiales, se le acusa de haber infringido los artículos 578 y 579.2 del Código Penal. Se da la circunstancia de que ambos artículos se encuentran encuadrados dentro 'Capítulo VII. De las organizaciones y grupos terroristas y de los delitos de terrorismo'.
En concreto, el artículo 578 se refiere al "enaltecimiento o la justificación por cualquier medio de expresión pública o difusión de los delitos comprendidos en los artículos 571 a 577 de este Código o de quienes hayan participado en su ejecución, o la realización de actos que entrañen descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas de los delitos terroristas o de sus familiares se castigará con la pena de prisión de uno a dos años".
En cuanto al artículo 579.2, indica que "los responsables de los delitos previstos en este Capítulo, sin perjuicio de las penas que correspondan con arreglo a los artículos precedentes, serán también castigados con la pena de inhabilitación absoluta por un tiempo superior entre seis y veinte años al de la duración de la pena de privación de libertad impuesta en su caso en la sentencia, atendiendo proporcionalmente a la gravedad del delito, el número de los cometidos y a las circunstancias que concurran en el delincuente".
MISMOS HECHOS, DIFERENTE ACUSACIÓN
En cambio, al detenido este jueves en Valencia por la Guardia Civil, acusado también por mofarse de la fallecida y pedir la muerte de más políticos, se le imputa haber infringido el artículo 141 del Código Penal, correspondiente al 'Título Primero. Del homicidio y sus formas'. Este artículo hace referencia a "la provocación, la conspiración y la proposición para cometer los delitos previstos en los tres artículos precedentes (asesinato)".
"Así se hace, a matarlos a todos", "Más tiros en la cabeza de PPeros", "Isabel CarrasKO" o "que me los pongan en fila uno al lado de otro y que me den un AK-47 que verás como acabo con todos esos hijos de puta fascistas de mierda", son algunas de las frases, escritas en valenciano, que el joven publicaba en su espacio en la red.