MADRID, 29 Ago. (EUROPA PRESS) -
El presunto cerebro de los atentados de Cataluña, el imán Abdelbaki Es Satty, no solo acumulaba una condena de cuatro años de prisión por tráfico de drogas sino que existe una sentencia previa, de 2003, según la cual fue declarado culpable de intentar introducir en España de manera ilegal a un ciudadano que viajaba con un pasaporte falsificado, hechos que le acarrearon una pena de medio año de cárcel.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, concluye que el imán muerto en la explosión de la casa de Alcanar (Tarragona) fue responsable de un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros y le condenó igualmente a una multa de 1.080 euros, de acuerdo con la petición del Ministerio Fiscal.
El presunto adoctrinador de la célula yihadista que perpetró los ataques de Barcelona y Cambrils y que han dejado 16 víctimas mortales no contaba con antecedentes en el momento de los hechos, que tuvieron lugar en el puerto de Ceuta a finales de noviembre de 2002.
Es Satty viajaba con un vehículo Ford Scorpio propiedad de otra persona ajena al proceso cuando funcionarios de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado le sorprendieron intentando introducir a un inmigrante de su misma nacionalidad --marroquí-- de camino a Algeciras.
Esta sentencia condenatoria se suma a la dictada por el mismo Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta de 2011 en la que se le condenó a cuatro años de cárcel por viajar con 121 kilos de hachís en el interior de su vehículo.
El imán de Ripoll fue sorprendido el día de Año Nuevo de 2010 también en el puerto de Ceuta cuando viajaba, procedente de Marruecos acompañado de tres hermanos marroquíes con residencia en Cambrils (Tarragona) que resultaron absueltos de los hechos.
NO RECURRIÓ NINGUNA CONDENA
En una primera declaración ante el juez instructor dijo que llevó la droga bajo amenazas, que le mandaron a Marruecos a por ella y que si no lo hacía le matarían a él y a su familia, sin embargo en el juicio atribuyó todo este testimonio una mala traducción del intérprete y confesó que él llevaba la droga. Pese a resultar condenatorias, el presunto cerebro de la célula yihadista no recurrió ninguna de las dos resoluciones.
El titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Castellón que revocó en 2015 una orden de extradición al entender que existía arraigo en España por parte del imán de Ripoll, no tuvo eludió en su sentencia a esta condena de medio año de prisión por intentar introducir a un compatriota de manera ilegal mientras intentaba acceder a un transbordador con destino Algeciras.