La sentencia reza que compartían material del DAESH en las redes y seleccionaban a los jóvenes más activos susceptibles de ser captados
MADRID, 28 Dic. (EUROPA PRESS) -
El tribunal de la Audiencia Nacional que condenó a siete integrantes de una célula yihadista a entre tres y medio y siete años de prisión por delito de adoctrinamiento terrorista ha concluido que el grupo llegó a abrir 42 perfiles en Facebook con dos objetivos clave, "difundir la ideología del Estado Islámico" y captar a personas para que se trasladasen a Siria o actuasen en España "en su condición de lobos solitarios".
La Sección Cuarta de la Sala de Lo Penal estima en sentencia del 21 de diciembre que los integrantes, --que en el juicio celebrado reconocieron los hechos y condenaron la violencia-- no solo recogían y difundían información relativa al DAESH sino que "incitaban a la acción y transmitía directrices operativas" con el objetivo final de "consolidar un califato islámico regido por el Corán y la Sharia".
'Si ustedes son llamados para ir a pelear, entonces respondan la llamada', dice uno de los textos que acompañan los montajes fotográficos y demás material que fue incautado tras el registro domiciliario, según recoge la resolución del tribunal que apunta que el grupo estaba perfectamente organizado y captaba simpatizantes a través de las redes sociales.
"Los administradores de los diferentes foros comienzan por insertar noticias, fotografías y vídeos relativos al yihadismo en general y al DAESH en particular, dando así lugar al debate. Partiendo de las opiniones que los usuarios exponen sobre los diferentes temas, los administradores sacan conclusiones sobre el grado de convencimiento de los usuarios, seleccionando a los jóvenes susceptibles de ser captados", apunta el escrito.
Los acusados llegaron a un acuerdo de conformidad con el Ministerio Fiscal que rebajó la petición de penas para todos ellos; así el tribunal condenó al cabecilla Abdelouahab Tahtah a siete años y medio de prisión, mientras que los seis restantes recibieron condenas que van entre tres años y medio y cinco años y medio por el mismo delito. Además les impuso la multa de 1.620 euros a todos ellos excepto a Yassir el Harrak, a quien multó con 810 euros.
En sintonía con lo manifestado por el Ministerio Fiscal, el tribunal que preside la magistrada Ángela Murillo entiende que Tahtah "se atribuye el papel de experto o autoridad en materia religiosa" y por ello difundía mensajes de odio a través de las redes hacia aquellos que no profesan la religión musulmana, en especial judíos y norteamericanos. También realizaba una intensa labor de defensa de la yihad mediante campañas de desinformación y de justificación de acciones terroristas.
Y esa función de "dirección y liderazgo" fue la que puso en marcha con los seis restantes integrantes de la célula, quienes "han dado suficientes muestras de lealtad y compromiso a lo largo del proceso" de captación. Además se les ofrecía la posibilidad de contactar con "el último escalón de la célula" Mohamed El Amin Aabou, ubicado en Turquía y encargado de que los combatientes llegaran a su destino final en Siria o Irak.
LA DECAPITACIÓN Y EL MARTIRIO
La sentencia apunta que la célula desarticulada se consolidó entre septiembre y noviembre de 2014 cuando Tahtah e Illace Ben Ali asumieron funciones diferenciadas del resto de integrantes del grupo. A principios del 2015 los condenados ya se trataban "con total familiaridad y confianza" llegando a crear conjuntamente un grupo de Facebook sobre la religión y el fanatismo.
La decapitación es un tema que está presente no solo en imágenes publicadas en sus perfiles sino que también es tema recurrente en conversaciones telefónicas donde exponen que se trata de la muerte que conlleva menos dolor y la justifican mediante los escritos religioso y discursos de los sabios.
El martirio también es otro asunto recurrente de la célula que hacía referencia a esta cuestión con vídeos e imágenes. En ellos se ensalzaba la figura del terrorista mártir y la justificaban asegurando que se trata de "morir por el señor del Universo Alá".
Los condenados residían en Cebreros (Ávila), Barcelona, las localidades catalanas de Malleu, L'Hospitalet de Llobregat y Terrassa, y en Fuente del Fresno (Ciudad Real). En los registros los agentes se incautaron de numeroso material fotográfico e información relacionada con el DAESH además de dos sables tipo katana y una escopeta en el caso de Younes Tourabi, el cual no tenía licencia de armas ni guía de pertenencia.