Diego Cañamero, en la tribunal del Congreso
PODEMOS CONGRESO
Actualizado: viernes, 2 junio 2017 18:04

La decisión se produce pese a que el diputado no acudió el pasado 9 de mayo a declarar de forma voluntaria ante el alto tribunal

MADRID, 2 Jun. (EUROPA PRESS) -

El magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo Andrés Martínez Arrieta ha acordado el sobreseimiento provisional de la causa abierta al diputado de Unidos-Podemos Diego Cañamero Valle por presuntos delitos sobre los derechos de los trabajadores, en su modalidad de coacciones sobre el derecho de huelga y de daños, por una acción ocurrida en la finca 'La Jarilla', en el municipio de La Rinconada (Sevilla), en 2008.

El instructor concluye que de los hechos indiciariamente acreditados no resultan las debidas exigencias de individualización de los actos ilícitos que ha exigido la jurisprudencia del Tribunal Constitucional

La causa fue abierta el pasado 26 de enero y se citó a Cañamero para comparecer de forma voluntaria el pasado 9 de mayo, tal y como prevé la ley, si bien Cañamero no acudió a la convocatoria.


NO SE PUEDE INDIVIDUALIZAR LA CONDUCTA

Argumenta el instructor que en este caso no es posible individualizar la conducta, ya que únicamente consta que Cañamero lideraba un grupo de trabajadores que requería de otros una adhesión a sus finalidades que exponían "sin que quepa admitir que el tipo penal de las coacciones para iniciar o continuar una huelga haga responsable a quienes encabezan tales acciones de los excesos punibles que puedan cometer otras personas de un grupo.

El auto dado a conocer este viernes recoge que los hechos que dieron lugar a la investigación ocurrieron en el mes de noviembre de 2008, concretamente, los días 24, 25, 26 y 27, y que durante esos cuatro días Diego Cañamero se personó en dicha finca sevillana liderando un grupo de personas pertenecientes al SOC (Sindicato de Obreros del Campo) para pedir que se contratase para las faenas agrícolas a trabajadores del sindicato en sustitución de quienes ya habían sido contratados.

En relación con el retraso en la tramitación de la causa sobre unos hechos que ocurrieron en el 2008, el magistrado precisa que una de las razones del mismo se encuentra en la conducta del aforado que no atendió las citaciones y personaciones que le fueron dirigidas desde la instrucción de la causa. También indica que a ese retraso ha contribuido el aforamiento que ha supuesto la suspensión de la misma cuando se encontraba en fase procesal de señalamiento para el juicio oral en Sevilla.

La apertura del procedimiento se produjo tras el envío por parte del Juzgado de lo Penal número 4 de Sevilla de una exposición razonada al Tribunal Supremo al tener conocimiento de que Cañamero había sido elegido diputado en las elecciones del 26 de junio de 2016.

En la causa seguida en Sevilla contra Cañamero y otras personas por los sucesos de 'La Jarilla', se había dictado ya auto de apertura de juicio oral por el juez instructor, así como auto de admisión de pruebas y señalamiento de juicio oral por parte del Juzgado Penal 4, señalamiento que fue suspendido al tenerse conocimiento de la elección de Cañamero como diputado. Hace varios años ya Cañamero se declaró "insumiso judicial" y decidió no acudir a ninguna de las citaciones que pudiera tener como sindicalista.

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