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Archivo - Fachada del Tribunal Supremo. - Eduardo Parra - Europa Press - Archivo
Actualizado: martes, 16 abril 2024 15:03

Avala también la multa de 21,2 millones de euros que le impuso la Audiencia Nacional

MADRID, 16 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la pena de 16 años de prisión que la Audiencia Nacional impuso a Ana María Cameno, conocida como 'La Reina de la Coca', por ser la líder de una red de narcotráfico que en 2014 vendió más de 100 kilos de cocaína por unos 15 millones de euros que fueron blanqueados a través de transferencias a Panamá.

Los magistrados han desestimado los argumentos de las defensas que recurrieron la sentencia de 2022 al entender que hay pruebas suficientes que acreditan la existencia de una organización criminal en la que Cameno actuaba como directora u organizadora.

'La Reina de la Coca' acudió al Supremo al considerar que se había vulnerado su derecho a la presunción de inocencia, así como su derecho al secreto de las comunicaciones y a un juicio con todas las garantías. También alegó que la Audiencia Nacional había apreciado mal varias pruebas que se presentaron en su contra.

Ahora, el tribunal --en una sentencia recogida por Europa Press-- rechaza la tesis de Cameno de que se le condenó "por conjeturas" y ha defendido que hay "pruebas sólidas del destino al tráfico de drogas" y de "la utilización de los fondos económicos" obtenidos del narcotráfico para "ser lavados". A su vez, ha considerado probado que utilizó "estructuras societarias para conseguir el blanqueo de estos capitales de ilícita procedencia".

Para el Supremo, los hechos probados recogidos en la sentencia de la Audiencia Nacional describen la participación de cada uno de los condenados dentro de esa organización, con estabilidad y reparto de tareas al servicio del delito para "la consecución de la actividad delictiva del tráfico de drogas y que luego se deriva al blanqueo de capitales".

DISTRIBUCIÓN Y VENTA DE COCAÍNA

A lo largo de 238 páginas, el tribunal ha recuperado el relato de la Audiencia Nacional en el que explica cómo Cameno, que ya había sido encausada en distintas operaciones de narcotráfico, se dedicó a pesar de estar en libertad vigilada a la "distribución y venta a terceros de importantes cantidades de cocaína".

En el desarrollo de esa actividad, 'La Reina de la Coca' "mantenía contactos regulares con suministradores y con encargados del transporte de la sustancia" y, "junto con la que era su pareja sentimental en aquel momento, se ocupaba de los pagos correspondientes a las ventas de esta sustancia, así como de los contactos con la red encargada de darle soporte técnico, jurídico y financiero".

Según consta en la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Vicente Magro, Cameno "adoptaba medidas de seguridad extremas, evitando en lo posible las comunicaciones telefónicas, valiéndose de terceras personas y realizando encuentros personales, en el interior de los distintos vehículos de los que era usuaria y en otros lugares".

Además, para el transporte de la cocaína Cameno "hacía uso de distintos vehículos, siempre a nombre de terceros, que habían sido manipulados para alojar en una caleta oculta" la droga. Estos coches, a su vez, "eran conducidos por otros miembros o colaboradores de su organización criminal, a quienes Cameno daba instrucciones para recoger la droga y entregarla a los compradores".

Asimismo, el Supremo ha considerado probado que, para la reintegración de los fondos y ganancias obtenidas del narcotráfico en la economía legal, Cameno contactaba con otras personas que han sido también condenadas por haber intervenido en operaciones de "lavado" del dinero obtenido por tráfico de drogas.

CONFIRMA PARA EL RESTO DE CONDENADOS

La Sala de lo Penal ha ratificado también las penas impuestas de entre 4 y 9 años de prisión impuestas a nueve integrantes de la organización criminal liderada por 'La Reina de la Coca'.

Del resto de acusados de integrar la organización encabezada por Cameno, el tribunal ha confirmado la pena más alta a Graziano Molón y Carmen Cano, un total de 9 años de cárcel y 15 millones de euros de multa a cada uno como autores de un delito contra la salud pública.

También ha ratificado 9 años de prisión para Miguel Ángel López, pero a una multa inferior, de 3 millones. Ha avalado además las condenas a Rubén Isaac Blanco (8 años y 5 millones de multa), a José Tomás Moya (7 años y 200.000 euros) y a Guillermo Velasco (4 años y medio, más 150.000 euros).

Ha confirmado también para David García, condenado a 5 años de cárcel y a 1,2 millones de multa por blanqueo de capitales, misma cantidad que fija --aunque rebajando a 4 los años entre rejas--- para Marco Antonio Gómez, Guillermo Guadalix, Jesús Gil y José Miguel Artiles.

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