El Supremo inadmite una querella presentada contra el fiscal Moix por un guardia civil del chivatazo en 'Púnica

Publicado: jueves, 12 septiembre 2019 15:17

MADRID 12 Sep. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha inadmitido una querella presentada el pasado mes de abril por el guardia civil José Luis Caro Vinagre -uno de los condenados por el caso del chivatazo en la trama 'Púnica'- contra el que fuera fiscal jefe Anticorrupción y actualmente fiscal en el alto tribunal Manuel Moix.

El agente le acusaba de varios delitos por irregularidades en el denominado caso de los espías de la Comunidad de Madrid en el que resultó procesado, si bien finalmente fue absuelto.

En una resolución dada a conocer este jueves, el Supremo concluye que atendiendo a los hechos que se relatan en la querella y realizado el examen de las diligencias de investigación se acredita lo infundado de la querella, por lo que no se admite a trámite.

La resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Andrés Martínez Arrieta, la Sala de lo Penal recuerda que "no puede tener acogida en el ordenamiento jurídico la pretensión de derivar al circuito de justicia penal cualquier decisión adoptada por el Ministerio Fiscal dentro del ejercicio de su actividad, porque no coincida con las opiniones, ideas o creencias de los que no las compartan, sean personas físicas o jurídicas".

Añade que la Fiscalía actúa con autonomía dentro de los principios de legalidad y de imparcialidad y que, en este caso concreto, su decisión de llevar al querellante a juicio fue "absolutamente legal en el fondo y en la forma".

El Supremo actúa a instancias de la Fiscalía, que informó a favor del archivo de la querella al entender que no existió "atisbo alguno de irregularidad" en las actuaciones llevadas a cabo por Moix en la citada causa, que coincidió con su mandato como fiscal superior de la Comunidad de Madrid.

A través de los distintos decretos u oficios dirigidos por la Fiscalía comandada por Moix a autoridades civiles o policiales "sólo se pretendía determinar las funciones y responsabilidades que el denunciante, junto con otras personas, desempeñaba en la Consejería de Justicia de Madrid y a determinar si en el desarrollo de las mismas hubiera podido incurrir el ilícito penal de cualquier tipo".