Destaca la labor de la APIF en defensa de la propia Fiscalía ante la actuación de la 'número dos' de García Ortiz
MADRID, 16 (EUROPA PRESS)
El magistrado del Tribunal Supremo (TS) Ángel Hurtado ha decidido mantener separadas a las cuatro acusaciones populares personadas en la causa donde investiga al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, por un presunto delito de revelación de secretos contra Alberto González Amador, el novio de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.
En su auto, Hurtado explica que, de las cuatro acusaciones populares personadas en esta causa, dos de ellas, el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM) y la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF), tienen intereses corporativos propios, que no coinciden con los del resto de las acusaciones, por lo que deben llevar por separado sus respectivas postulaciones.
En concreto, respecto a la APIF valora que "puede ofrecer una aportación que podría echarse en falta, no solo en orden al esclarecimiento de los hechos, sino en defensa de la profesionalidad y prestigio de la institución, ante la posición que ha venido mostrando el Ministerio Fiscal, a través de la representante que hasta ahora ha venido encargándose del caso, en el que ha llegado a pedir el archivo o sobreseimiento de las actuaciones, al menos en cinco ocasiones, sin éxito".
Cabe recordar que la representante de la Fiscalía en este caso es la teniente fiscal del TS y 'número dos' de García Ortiz, María Ángeles Sánchez Conde, respecto a la cual las acusaciones populares han denunciado precisamente la excesiva cercanía con el principal investigado.
En cuanto a las otras dos acusaciones populares, el sindicato Manos Limpias y la Fundación Foro Libertad y Alternativa, el instructor no ve inconveniente en que, por ahora, sigan manteniendo su propia representación y defensa, ya que la diferencia entre que sean una más o dos las acusaciones populares que intervengan en la causa, en principio, no perturbaría, la buena marcha del proceso.
"De hecho, hasta el momento considero que su presencia ni ha supuesto abuso en el ejercicio de su derecho como acusación, ni ha ocasionado ese perjuicio a la marcha de la causa; ni tampoco nos indican que así ha podido ser ni las defensas, ni el Ministerio Fiscal", apostilla.
De esta forma, Hurtado acuerda lo opuesto a lo decidido por su compañero Leopoldo Puente, instructor del 'caso Koldo' en el TS, que ha optado por unificar a las siete acusaciones populares bajo la dirección letrada del PP.
LA "REGLA GENERAL"
Las cuatro acusaciones populares habían pedido al instructor que las mantuviera separadas y, solo de forma subsidiaria, le proponían alternativas. La acusación particular de González Amador también abogó por que continuaran separadas "para la defensa diferenciada de sus intereses, también diferenciados, sin perjuicio de futuras revisiones a la luz de la evolución del proceso o de ulteriores solicitudes complementarias de ejercicio de la acusación popular".
En cambio, la Fiscalía pidió que se unificaran bajo la dirección de quien se hubiera personado primero. En la misma línea, los investigados, a través de la Abogacía del Estado, instaron la unificación y García Ortiz, de forma subsidiaria, que lo hicieran en dos grupos, uno para las que "representen intereses de naturaleza corporativa, profesional o colectiva, vinculadas a entidades, asociaciones o grupos que persigan objetivos homogéneos" y otro para las demás.
Hurtado indica que, si bien existe "una generalizada y fundamentada tendencia a la agrupación bajo una misma defensa y representación de cuantas acusaciones populares concurran en una misma causa", esto "no significa que ello deba convertirse en regla general para todos los casos, sino que son las circunstancias concurrentes en cada uno las que han de determinar la solución a adoptar".
El magistrado expone que, aunque se suele optar por unificar a las acusaciones populares "siempre que los intereses en conflicto sean coincidentes", "se trata, en todo caso, de una decisión dependiente del arbitrio judicial, que tiene su mira puesta en la evitación de eventuales reiteraciones innecesarias y en la indebida dilación que ello pudiera suponer para la buena marcha del proceso".
"Y es desde estos parámetros desde los que hemos de enfocar la decisión a adoptar, porque, de acordar la unificación, no deja de conllevar una afectación del derecho a la tutela judicial efectiva", subraya.
En consecuencia, sostiene que, "como regla general, con apoyo en el derecho fundamental a la tutela judicial, ha de ser cada que parte se persone por sí sola, con la excepción de aquellos casos en que pueda haber confluencia de intereses entre las distintas acusaciones, fundamental a valorar de cara a la unificación, en la medida que su dispersión, siendo una pluralidad, pueda afectar a la buena marcha del proceso".
Para Hurtado, "no cabe poner en duda que son intereses comunes a las cuatro acusaciones los generales relativos a la búsqueda de la verdad y la acción a la acción a la justicia", si bien reconoce que "esto es decir muy poco, porque, de quedarnos en ello, automáticamente, nos llevaría, en todos los casos, a la agrupación en una de todas las acusaciones".