El TC resolverá esta semana los recursos de Otegi y Alberto Rodríguez y admitirá otro contra la dilación de la amnistía

Archivo - (I-D) El coordinador general de EH Bildu, Arnaldo Otegi; la portavoz de EH Bildu en Gipuzkoa, Maddalen Iriarte y el senador de EH Bildu Gorka Elejabarrieta, durante la reunión de su Mesa Política, en la sede de EH Bildu, a 27 de noviembre de 2
Archivo - (I-D) El coordinador general de EH Bildu, Arnaldo Otegi; la portavoz de EH Bildu en Gipuzkoa, Maddalen Iriarte y el senador de EH Bildu Gorka Elejabarrieta, durante la reunión de su Mesa Política, en la sede de EH Bildu, a 27 de noviembre de 2 - Unanue - Europa Press - Archivo
Publicado: domingo, 14 enero 2024 10:47

También respaldará la decisión de Batet de no reclamar el informe del Consejo de Estado sobre los fondos europeos

MADRID, 14 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Constitucional (TC) retomará su actividad este martes con un Pleno de inicio de año donde estudiará los recursos presentados por el coordinador general de EH Bildu, Arnaldo Otegi, para impedir que se repita el juicio por el 'caso Bateragune', y del ex diputado de Podemos Alberto Rodríguez por la condena del Tribunal Supremo (TS) que le hizo perder el escaño, al tiempo que admitirá otro del PSOE contra la reforma del PP en el Senado para dilatar la ley de amnistía.

Uno de los principales asuntos será el recurso de Otegi, que el Pleno analizará en base a una ponencia del magistrado progresista Juan Carlos Campos donde propone amparar al líder de Bildu razonando que volver a sentarle en el banquillo por el 'caso Bateragune' sería una vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva por cuanto supondría infringir el principio de 'non bis in idem', que prohíbe juzgar dos veces a una misma persona por los mismos hechos.

Las fuentes jurídicas consultadas por Europa Press indican que el borrador de sentencia redactado por Campo, y que previsiblemente saldrá adelante con el apoyo de la mayoría progresista de la corte de garantías, abre la puerta a que Otegi pueda reclamar una indemnización al Estado al declarar vulnerados sus derechos fundamentales.

Fue en 2020 cuando el TS anuló la sentencia dictada en 2012 por la Audiencia Nacional (AN) que condenó a Otegi y los demás acusados a penas de entre 6 años y 6 años y medio de prisión por un delito de pertenencia a organización terrorista. Siguió el criterio del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), que determinó que la AN vulneró el artículo 6.1 del Convenio Europeo, ya que entendía el "temor legítimo" de los acusados a una falta de imparcialidad del tribunal.

Estrasburgo estableció que el juicio de la Audiencia Nacional no cumplió con todas las garantías, al formar parte del tribunal la magistrada Ángela Murillo, que anteriormente, en 2010, había sido apartada por supuesta falta de imparcialidad en otro juicio distinto por enaltecimiento del terrorismo en el que también estaba acusado Otegi.

En aquella vista oral, Murillo preguntó a Otegi si condenaba a ETA y, ante la negativa de éste a ofrecer una respuesta, la juez le dijo que ya sabía que no le iba a contestar. El Supremo apartó del caso a la magistrada, que ejercía de presidenta del tribunal, al apreciar en ella "prejuicio". La vista oral fue repetida y el ex portavoz de Batasuna resultó absuelto en ese procedimiento.

Tras recibir el fallo del Supremo, Otegi acudió en amparo al Constitucional, que acordó tramitar la impugnación accediendo también a la medida cautelar solicitada por el político vasco, con lo que dejó en suspenso la ejecución de la sentencia del TS hasta resolver el fondo del asunto, cuestión que ahora se dispone a ventilar.

NO DEBIÓ PERDER EL ESCAÑO

El TC también sentenciará el caso de Alberto Rodríguez, que lleva pendiente más de dos años. El asunto fue a Pleno el pasado octubre con una ponencia donde la magistrada progresista María Luisa Segoviano proponía amparar al otrora dirigente 'morado' al considerar que los efectos jurídicos de la condena que le impuso el TS fueron desproporcionados porque le hicieron perder el escaño.

En medio del debate, Segoviano decidió retirar su borrador para estudiarlo mejor porque, si bien la mayoría progresista estaba de acuerdo en amparar a Rodríguez, no había unanimidad respecto a los motivos para estimar su recurso.

Las fuentes consultadas detallan que la nueva ponencia de Segoviano propone igualmente dar la razón a Rodríguez pero no por una supuesta desproporción, sino porque expone que el Supremo vulneró el principio de legalidad penal al imponer la inhabilitación para el ejercicio del derecho al sufragio pasivo como pena accesoria de la condena principal, que finalmente fue una multa.

El TS condenó a Rodríguez a un mes y quince días de prisión como autor de un delito de atentado a agente de la autoridad, con la pena accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo, por propinarle una patada a un policía durante una manifestación que tuvo lugar en 2014 en La Laguna (Tenerife) contra la llamada 'Ley Wert'.

El Supremo le acabó sustituyendo la pena de prisión por una multa de 90 días con cuota diaria de 6 euros (en total, 540 euros), si bien aclaró que este reemplazo de la pena principal no afectaba a la pena accesoria, que fue la que finalmente dio lugar a que Rodríguez perdiera su asiento en el Congreso de los Diputados. Para Segoviano, esta operación jurídica fue incorrecta porque al sustituir la pena de cárcel por una de multa ya no era posible mantener la inhabilitación.

Rodríguez acudió al TC para combatir la sentencia del Supremo pero también presentó un segundo recurso contra el acuerdo adoptado el 22 de octubre de 2021 por la entonces presidenta de la Cámara Baja, Meritxell Batet, para retirarle el escaño después de que el TS le condenara. El Constitucional fallará ahora sobre el primer asunto, dejando el segundo para más adelante.

LA REFORMA DEL PP

Además, el TC estudiará otra ponencia presentada por Campo que apuesta por admitir a trámite el recurso firmado por más de 50 senadores socialistas contra la reforma de los artículos 133 y 182 del Reglamento del Senado que quedó aprobada el pasado noviembre, a instancias del PP y con el respaldo de Vox y UPN, con el objetivo de retrasar la tramitación parlamentaria de la ley de amnistía.

El artículo 133 se modificó con el fin de atribuir a la Mesa de la Cámara Alta la facultad de decidir en cada caso sobre la pertinencia de la tramitación urgente de una proposición de ley procedente del Congreso de los Diputados, en un plazo de 20 días, o de forma ordinaria, en un plazo máximo de dos meses.

Los 'populares' también incluyeron en la reforma la modificación del artículo 182, de modo que el presidente del Gobierno y el resto de miembros del mismo estarán obligados a comparecer en el Senado cuando lo soliciten dos grupos parlamentarios o una quinta parte de los senadores.

Las fuentes jurídicas apuntan que lo más probable es que la mayoría progresista del TC --de siete magistrados frente a cuatro-- apoye la ponencia de Campo dando curso a la impugnación socialista. De ser así, quedaría pendiente el fallo sobre el fondo del asunto.

LOS FONDOS EUROPEOS

El TC estudiará asimismo el recurso 'popular' contra la decisión adoptada el 4 de febrero de 2021 por Batet de no reclamar al Gobierno el dictamen elaborado por el Consejo de Estado sobre la concesión de ayudas procedentes de los fondos europeos en el contexto de la crisis de la COVID-19.

El PP reprocha a la ya ex presidenta de la Cámara Baja que no recabara dicho informe en el momento de convalidar el decreto-ley 63/2020 por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a personas trabajadoras que ejerzan derechos de reducción de jornada o excedencia en el contexto de la crisis ocasionada por la pandemia de coronavirus.

Las citadas fuentes indican que la ponencia redactada por la también magistrada progresista Laura Díez propone rechazar la impugnación formulada por los de Alberto Núñez Feijóo porque el Reglamento del Congreso de los Diputados solo exige que cuando se vote la convalidación de un decreto-ley esté publicado en el diario de la sede legislativa, por lo que entiende que Batet no estaba obligada a solicitar documentación adicional.