MADRID, 4 Oct. (EUROPA PRESS) - Pretendía ser indemnizada y que se declararan vulnerados sus derechos fundamentales por el hecho de que el TC le advirtiera que podría enfrentarse a una multa diaria en el caso de incumplir las suspensiones acordadas y realizar esta función. Lejos de atender a su petición, el TEDH le responde que no hubo errores en este procedimiento porque era consciente de que su participación podría derivar en sanción. Estrasburgo incide que el Tribunal Constitucional estaba facultado para exigir explicaciones de las instituciones, autoridades, funcionarios públicos o personas afectadas por sus resoluciones y para advertir que, si continuara el incumplimiento, podría tomar ciertas medidas, incluida la imposición de multas. Esta ley fue suspendida al día siguiente de su aprobación por el Tribunal Constitucional, pero el 8 de septiembre, ignorando esta orden, la Sindicatura nombró a los miembros de las juntas electorales previstas, entre ellas la de Tarragona, donde fue nombrada vocal la demandante. Mediante una orden de 13 de septiembre de 2017, el Tribunal Constitucional recordó a los miembros de la Sindicatura, que la ley había sido suspendida y, como persistía el incumplimiento, el 20 de septiembre impuso multas diarias de 6.000 euros a todos los integrantes de las delegaciones territoriales, que fueron progresivamente renunciando, como hizo Aumatell i Arnau cuando el día 22 se publicó la resolución en el Boletín Oficial. El 14 de noviembre, a la vista de esta situación, el TC levantó las sanciones.