Coche de la Guardia Civil
EUROPA PRESS
Actualizado: domingo, 30 julio 2017 13:11

Se enfrentarán a una pena de entre seis meses y cuatro años de prisión

MADRID, 30 Jul. (EUROPA PRESS) -

Tres guardias civiles serán juzgados por un delito de deslealtad por un tribunal militar acusados de haber mentido a sus superiores para intentar cobrar dietas de forma fraudulenta, según ha decidido el Tribunal Supremo en una resolución recogida por Europa Press.

El caso provocó un conflicto de jurisdicción entre el Juzgado de Instrucción número 2 de Pontevedra y el Juzgado Togado Militar Territorial número 41 de A Coruña ante el que el Tribunal Supremo ha decidido a favor de la corte militar.

Se trata de tres miembros de la Guardia Civil que, en septiembre de 2016, debían someterse a sendos reconocimientos médicos. Para ello, pidieron una indemnización por el uso de sus coches particulares y además rechazaron utilizar los tres el mismo vehículo.

Sin embargo, sus mandos advirtieron que finalmente sí utilizaron los tres el mismo coche, pese a lo que días más tarde presentaron en su unidad sendas peticiones para las cobrar dietas de forma individual.

CÓDIGO PENAL MILITAR

El Tribunal Supremo no entra a valorar si los agentes deben ser condenados por esta acción, pero sí señala que los hechos pueden encuadrarse en el Código Penal Militar como un delito de deslealtad, definido como "aquel cometido por el militar que sobre asuntos del servicio diere a sabiendas información falsa o expidiere certificado en sentido distinto al que le constare".

En su artículo 55, el Código Penal Militar establece que el delito de deslealtad será castigado con la pena de seis meses a cuatro años de prisión.

"Los hechos objeto de controversia, sin perjuicio de su definitiva calificación en el momento procesal oportuno, revisten en principio caracteres de un delito de deslealtad (...), que se aplica a los miembros de la Guardia Civil, salvo cuando se trate de acciones u omisiones encuadrables en actos propios del servicio desempeñado en el ejercicio de funciones de naturaleza policial, que desde luego no es el caso", resume el Supremo.

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