El tribunal del "procés" deja fuera a observadores internacionales y relatores de la ONU

Vista en el Tribunal Supremo para celebrar el denominado artículo de previo pron
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Actualizado: viernes, 1 febrero 2019 16:32

"Todo ciudadano que quiera convertirse en observador podrá hacerlo", dice la Sala, porque se televisará en directo

MADRID, 1 Feb. (EUROPA PESS) -

El tribunal que juzgará el 'procés' independentista de Cataluña en el Tribunal Supremo ha acordado dejar fuera de la sala de la vista a los observadores internacionales que habían sido solicitados por gran parte de las defensas de los exmandatarios encausados.

Así se señala en el auto de admisión de prueba, de 145 páginas, fue notificado este viernes por la sala de siete magistrados que juzgarán este asunto a partir del próximo 12 de febrero.

Sobre los observadores, el tribunal rechaza esta posibilidad porque el juicio será televisado en directo y mediante 'streaming' en la web del Poder Judicial.y añade que "la consecuencia inmediata es que todo ciudadano que quiera convertirse en observador nacional o internacional, del desarrollo del juicio podrá hacerlo", afirma la resolución.

Tampoco ha sido declarada pertinente la prueba pericial de Derecho internacional propuesta por Oriol Junqueras y Raül Romeva, encaminada a que un relator internacional y un experto independiente explicaran al Tribunal Supremo el alcance actual y significado del derecho de autodeterminación.

Los magistrados justifican el rechazo de esa pericial razonando que "la Sala no acepta una prueba encaminada a explicar a sus integrantes el alcance y significado de un derecho cuyo contenido material se obtiene a partir de las declaraciones internacionales suscritas por España y de la dogmática que se ha ocupado de su estudio"

Añade que hacer depender de la opinión de dos juristas,
cuya neutralidad y preparación no se cuestiona- la conclusión acerca de la legalidad internacional del derecho a decidir, "supone quebrar de forma irreparable el significado de la función jurisdiccional".

NI CHOMSKY NI PAUL PRESTON

Del mismo modo el tribunal no ha aceptado la testifical de relatores de Naciones Unidas, expertos en derechos humanos, premios Nobel o intelectuales como Noam Chomsky y Paul Preston. Los magistrados argumentan que las valoraciones personales de relatores, premios Nobel, lingüistas, o historiadores -algunos de ellos de un incuestionable peso intelectual y autores de una obra que merece la admiración y el reconocimiento colectivo- son prescindibles cuando son llamados a juicio para opinar sobre los hechos objeto de acusación.

Según el Supremo en el proceso penal el testigo es examinado sobre los hechos de los que tiene conocimiento directo o referencial; el perito dictamina acerca de una materia en la que hay que aportar nociones científicas, técnicas o artísticas. "No existe en nuestro sistema una figura procesal para identificar al declarante invitado a juicio para ofrecer sus valoraciones personales sobre los hechos.

Otra de las propuestas probatorias solicitadas por las defensas era la presencia de observadores nacionales e internacionales para garantizar el respeto a los derechos humanos de los procesados.

TELEVISADO EN DIRECTO

El tribunal coincide plenamente con la defensa a la hora de subrayar la importancia de observadores que conviertan su presencia en un sano elemento de fiscalización del ejercicio democrático de la función jurisdiccional. Precisamente por ello ha autorizado -superando así restricciones históricas todavía vigentes en la mayoría de los países de nuestro entorno- que las sesiones del juicio sean televisadas en directo y mediante streaming en la web del Poder Judicial.

"La consecuencia inmediata es que todo ciudadano que quiera convertirse en observador, nacional o internacional, del desarrollo del juicio podrá hacerlo", razona, para añadir que además no en el limitado número de cinco que sugiere la defensa.

"No existirá, por tanto, límite numérico alguno para el seguimiento permanente y sin interrupción de las sesiones del juicio mediante señal de televisión en directo o en streaming", añade.

La Sala opta así por una fiscalización incondicionada de todas y cada una de las sesiones del plenario. Se eluden los problemas que se derivarían de la falta de acreditación, por aquellos a quienes las partes atribuyen la condición de observadores imparciales, de un estatuto de neutralidad e independencia económica respecto de sus proponentes.

DOS FAMILIARES POR ACUSADO EN LA SALA Y DOS INTÉRPRETES

El auto que hoy ha sido notificado fija en dos el número de plazas que cada uno de los procesados podrá reservar para familiares y allegados.

Explica que el mero cálculo combinado de las dimensiones de la Sala de Plenos del Tribunal Supremo, el número de procesados y las acreditaciones que se solicitan, impone la conveniencia de esa restricción que, además, se justifica por la necesidad de que la presencia de terceros en la Sala -en eso consiste precisamente el contenido real de la garantía constitucional de publicidad- no esté exclusivamente vinculada al núcleo familiar de los procesados.

En cuanto a la petición de alguno de los acusados de declarar en catalán, los magistrados se limitan a decir que "se declara pertinente la presencia de dos traductores del idioma catalán" y que "se tienen por hechas" su preferencia a que la traducción se haga de forma simultánea.

Se acepta también una amplísima prueba documental así como la emisión de numeroso material multimedia propuesto por acusaciones y defensas.

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