MADRID 8 Nov. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Supremo ha reducido de doce a diez años de prisión la condena a un hombre que en abril de 2015 roció con gasolina a su pareja mientras ésta dormía y le prendió fuego, aunque cuando ella despertó por el olor de la gasolina, éste la tiró al suelo y apagó las llamas.
La Sala II del alto tribunal, de acuerdo con la Fiscalía, le absuelve del delito de intento de asesinato, por el que la Audiencia de Asturias le condenó a doce años de prisión, al aplicarle la excusa absolutoria de desestimiento voluntario de dicho delito puesto que acudió a apagar las llamas que envolvían a su entonces pareja.
No obstante le condena por un delito de lesiones con deformidad grave con agravantes de alevosía y parentesco, imponiéndole 10 años de cárcel por la brutalidad del medio de agresión empleado porque se precisa este debe ser sancionado por los delitos que se hubieran consumado previamente a su intento de sofocar las llamas.
Por ello condena al acusado, que reside en la localidad ovetense de Santa María de Piedramuelle, por delito de lesiones con determinantes de grave deformidad en la víctima, ya que las llamas le provocaron quemaduras de segundo grado superficiales e intermedias en la hemicara izquierda y otras de mayor profundidad en la oreja y en lal región retroauricular.
El Supremo estima parcialmente el recurso del condenado en cuanto considera que "quedará exento de responsabilidad penal por el delito de intento de asesinato, aquel que evite voluntariamente la consumación del mismo, bien desistiendo de la ejecución ya iniciada, bien impidiendo la producción del resultado.