Los agentes actuaron cuando el extranjero, bajo el efecto de la cocaína, increpaba con agresividad a viandantes
MADRID, 26 Oct. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Supremo ha confirmado la absolución de cuatro agentes de Policía del delito de homicidio por imprudencia grave de un ciudadano belga residente en Málaga que falleció en 2006 en el marco de una disputa con estos cuatro acusados y tras haber consumido alcohol y drogas, lo que propició su fallecimiento.
La Sala de Lo Penal del alto tribunal rechaza el recurso de casación interpuesto contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga que concluyó que la muerte de dicha persona es un caso "típico de delirium agitado con muerte secundaria a inmovilización violenta" en un consumidor de sustancias tóxicas, y que los golpes que recibió por parte de los acusados no provocaron la muerte directamente.
No obstante la resolución añade que la contención violenta fue una "concausa necesaria pero no suficiente" para producir su muerte que tuvo lugar en febrero de 2006 cuando este hombre salió a la calle tan solo con un pantalón de pijama y descalzo "en un estado de gran agitación" e increpando a los viandantes "con gran agresividad" y empujones.
Ello provocó la intervención de dos agentes de Policía que intentaron acercarse a el fallecido el cual reaccionó de forma tan violenta que necesitaron la ayuda de dos empleados de un establecimiento cercano para reducirle mientras que dos agentes que se personaron en el lugar e intentaron "inmovilizarlo completamente" sin percatarse de que el susodicho ya llevaba los grilletes.
Transcurridos unos treinta segundos éste dejó de moverse y al ver que su rostro cambiaba de color llamaron a los servicios sanitarios los cuáles solo pudieron certificar su muerte, según recoge la sentencia que aclara que la acusación particular interpuso recurso de casación por vulneración de derechos e indebida aplicación del delito de imprudencia grave profesional.
RESPALDO A LA ACCIÓN POLICIAL
En la resolución del alto tribunal, de la que es ponente el magistrado Joaquín Giménez García, se señala que en la actuación de los cuatro agentes no hubo quiebra del derecho a la tutela judicial efectiva ni arbitrariedad y que la muerte del ciudadano belga se produjo por "delirium motivado por ingesta de drogas y alcohol", por lo que la acción policial fue "la proporcionada y necesaria".
En concreto, el Tribunal Supremo cita la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que en tres sentencias diferentes estipula que las cuestiones a examinar por el alto tribunal "requieren la valoración directa del testimonio del acusado", en este caso de los cuatro agentes implicados en los hechos y, por tanto, escuchar sus versiones es "determinante" para valorar su culpabilidad.
Sobre la intención de la acusación de que se efectuaran nuevas valoraciones de los hechos el Supremo respalda las pruebas preciviales forenses y concluye que el tribunal actuó con "honestidad intelectual" y que, aunque se trata de un caso "ciertamente desgraciado", la actuación policial "carece de todo reproche" dado que ésta fue "acorde" a los protocolos judiciales.