BARCELONA 18 Jul. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado las sentencias de la Audiencia de Barcelona y del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que condenaron a un mosso d’Esquadra por agredir "de forma gratuita" a un periodista que cubría el desalojo del Banc Expropiat, un centro social okupado en el barrio de Gràcia de Barcelona en 2016.
La sentencia, consultada por Europa Press, sostiene que el agente sobrepasó la línea policial y se dirigió al periodista "con el ánimo de atentar contra su integridad física de forma gratuita, sin que ni él ni las pocas personas que le rodeaban en este lugar de la plaza, estuvieran realizando ningún acto hostil, ni violento, ni agresivo".
El fallo añade que, haciendo uso de la defensa, "le golpeó en la mano de forma que le causó una fractura oblicua de la primera falange de la mano izquierda", en una actuación que no estuvo justificada, sostiene el tribunal.
Por estos hechos fue condenado por la Audiencia en 2021 por un delito de lesiones con uso de instrumento peligroso a una pena de 2 años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo y suspensión para el ejercicio de la actividad como mosso durante la condena.
Además, por la vía de la responsabilidad civil, le condenó a indemnizar con 7.265 euros al periodista y, como responsable civil subsidiaria, a la Generalitat de Cataluña, en una sentencia que fue ratificada por el TSJC en marzo de 2022 y que ahora confirma también el TS.