MADRID 25 Nov. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Supremo (TS) ha inadmitido una querella y una denuncia presentadas por presunta prevaricación y omisión del deber de perseguir delitos contra el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez; el ministro de Interior, Fernando Grande-Marlaska; y el presidente de la Generalitat de Cataluña, entre otros; por la huida del ex presidente catalán Carles Puigdemont el pasado 8 de agosto tras su regreso a Barcelona.
En un auto del pasado 28 de octubre, al que ha tenido acceso Europa Press, la Sala de lo Penal inadmite una denuncia presentada por Hazte Oír contra Grande-Marlaska y una querella contra él, Sánchez, la directora del CNI, el director de la Guardia Civil, el Director Adjunto Operativo (DAO) de la Policía Nacional, el presidente de la Generalitat, el consejero catalán de Interior y el comisario jefe de los Mossos d'Esquadra.
Según recuerda el propio TS, la denuncia entiende que la no detención de Puigdemont "desde el mismo momento que pisó territorio español" sugiere "una omisión deliberada" que explica en "el evidente interés político del Gobierno de España en la no detención, pues los propios miembros del Gobierno han sugerido que su detención podría reavivar tensiones políticas y sociales en Cataluña, que el propio Gobierno quiere evitar".
En cuanto a la querella, el Supremo refiere que, según la misma, la segunda fuga de Puigdemont "solo puede explicarse si, de modo doloso o altamente negligente", Sánchez y los demás cargos señalados, que menciona como "los responsables de hacer cumplir el auto de procesamiento", "actuaron con la finalidad de que no fuera detenido".
Sin embargo, el TS, en un auto ponencia del magistrado Andrés Palomo, explica que los hechos denunciados no son "constitutivos de delito" y se remite para ello a su resolución del 1 de agosto, donde ya acogió la tesis de la Fiscalía, conforme a la cual hay una "anorexia argumentativa" pues "parece que la denuncia se extiende a tal persona exclusivamente en virtud de su cargo, pero sin referir alguna vinculación con los hechos que se reputan, de forma más que discutible, delictivos".
"Fundamento plenamente proyectable al presente procedimiento, donde únicamente se describen las responsabilidades inherentes a los diversos cargos enumerados, pero no se concreta conducta alguna por parte de los mismos", dice el Supremo.
Así, recrimina que "sólo se habla de un resultado, la no detención, pero nada indican (sobre) cómo ordenaron o de qué modo se valieron para que los integrantes de los diversos cuerpos policiales fracasaren en el logro de esa detención; resultado del que afirma meramente por la denunciante que le 'conviene' al Gobierno o que le 'sugiere' que existió esa conducta". "Aluden tanto la denuncia como la querella a responsabilidades pero no a conducta concreta alguna", critica.
Cabe recordar que el instructor del 'procés', el magistrado Pablo Llarena, acordó el pasado 19 de septiembre enviar a los juzgados de Barcelona los informes aportados por los Mossos d'Esquadra y el Ministerio de Interior sobre la fuga de Puigdemont, ya que el Supremo no es el tribunal competente para investigar estos hechos.