Reduce la pena a Elorriaga de nueve a ocho años, a Margüello de nueve a cinco, y a Fernández Grande de siete a tres años y medio
BILBAO, 28 Oct. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Supremo ha rebajado entre uno y cuatro años las condenas de inhabilitación que la Audiencia Provincial de Vizcaya impuso en 2018 por prevaricación a los tres condenados en el denominado 'caso Margüello', de irregularidades en contratos públicos del Servicio Vasco de Salud-Osakidetza, al aplicarles atenuantes, entre ellas, la de dilaciones indebidas.
De esta forma, la Sala Segunda del TS reduce de nueve a ocho años de prisión la pena del ex director de Sanidad de Vizcaya, José Ramón Elorriaga; de nueve a cinco años y tres meses la del ex jefe de Calidad del Hospital de Cruces, José Carlos Margüello, y de siete a tres años y medio la de la que fuera su socia, María Nieves Fernández.
La Audiencia vizcaína condenó el 7 de septiembre de 2018, por delitos de prevaricación, a nueve años de inhabilitación para empleo o cargo público a Margüello y al exdirector de Sanidad de Vizcaya José Ramón Elorriaga, así como a siete años a la que fuera socia de Margüello, María Nieves Fernández, mientras que absolvió al exviceconsejero de Sanidad Rafael Cerdán.
RECURSO DE FISCALÍA
La Fiscalía impugnó la resolución judicial y el Tribunal Supremo ha rechazado el recurso y ha estimado parcialmente los presentados por los acusados. Por ello, aplica a los condenados la atenuante de dilaciones indebidas y, en el caso de José Carlos Margüello y María Nieves Fernández, también la atenuante prevista en el artículo 65.3 del Código Penal que puede aplicarse al inductor o el cooperador necesario en quienes no concurran las condiciones, cualidades o relaciones personales que fundamentan la culpabilidad del autor.
La Audiencia Provincial de Vizcaya absolvió a los tres procesados de los delitos de malversación de caudales públicos y fraudes ilegales. Además, Margüello fue absuelto también del delito de negociaciones prohibidas a funcionarios.